Mandatos del IIN

Los mandatos específicos del IIN acerca de la creación del Observatorio Interamericano sobre explotación sexual comercial y otras formas de violencia contra niños, niñas y adolescentes son los siguientes:

3 de junio 2008 – AG/RES. 2432: Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual Comercial, Tráfico Ilícito y Trata de Niños, Niñas y Adolescentes.

Resuelve:

1. Tomar nota con satisfacción de la decisión del Consejo Directivo del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (IIN) de encomendar a la Dirección General del IIN el desarrollo de un “Programa Interamericano para la Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual Comercial, Tráfico Ilícito y Trata de Niños, Niñas y Adolescentes”.

2. Encomendar al Secretario General que coordine el desarrollo de este programa directamente con el IIN, la Sección Contra la Trata de Personas de la Secretaría de Seguridad Multidimensional y con la Secretaria Ejecutiva de Desarrollo Integral en lo que sea pertinente, además de contar con el apoyo y asesoría de otros órganos y organismos competentes de la OEA.

3. Solicitar al IIN que brinde asesoramiento a los Estados que así lo soliciten en sus esfuerzos por adoptar o enmendar la normativa interna destinada a combatir la explotación sexual comercial, el tráfico ilícito y la trata de niños, niñas y adolescentes incluida la legislación referida a las autorizaciones de viaje y los controles migratorios.

4. Recomendar la constitución de un Fondo Específico para el financiamiento del “Observatorio sobre Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual Comercial, Tráfico Ilícito y Trata de Niños, Niñas y Adolescentes”.

5. Invitar a los Estados Miembros, Observadores Permanentes, organismos financieros internacionales, organizaciones regionales, subregionales y organizaciones de la sociedad civil a que contribuyan al financiamiento de este Programa.

6. Solicitar al IIN que informe al trigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General sobre la implementación de los mandatos de la presente resolución, cuya ejecución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.

7. Instar a los Estados Miembros a que consideren la firma y ratificación, ratificación o adhesión, según sea el caso, de los instrumentos internacionales que guardan relación con el combate a la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes y con la lucha contra el tráfico ilícito y la trata de niños, niñas y adolescentes en el Hemisferio, entre ellos, la Convención sobre los Derechos del Niño (adoptada en 1989), el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía (adoptado en 2000), el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente las Mujeres y Niños (adoptado en 2000), la Convención sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (adoptada en 1980), la Convención Interamericana sobre el Tráfico Internacional de Menores (adoptada en 1994) y la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores (adoptada en 1989), e instar a los Estados Parte a que tomen las medidas necesarias para garantizar los derechos contenidos en dichos instrumentos.

27 de julio 2007 - CD/RES. 11 (82-R/07): Plan de Acción 2007-2011, Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes.
“Se crea el Observatorio sobre Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes y otras formas de violencia (…)” (p.11)

27 de julio 2007 - CD/RES. 10 (82-R/07): Programa Interamericano para la prevención y erradicación de la explotación sexual comercial infantil, tráfico ilícito y trata de niños, niñas y adolescentes.
Resuelve: 3. “Respaldar la creación de un Observatorio sobre la explotación sexual comercial, tráfico ilícito y trata de niños, niñas y adolescentes, e impulsar la creación de una publicación regular de amplia circulación que incida en la formulación de las políticas públicas.”



2008 - Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes