ACUERDO ENTRE
EL MINISTERIO DE LA JUVENTUD, LA MUJER, LA NIÑEZ Y  LA FAMILIA Y
EL INSTITUTO INTERAMERICANO DEL NIÑO
PARA LA CREACIÓN DE LA RED NACIONAL DE INFORMACIÓN
SOBRE NIÑEZ Y FAMILIA 



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El Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia, quien en adelante se denominará “EL MINISTERIO”, por una parte y, por la otra, el Instituto Interamericano del Niño, Organismo Especializado de la Organización de los Estados Americanos, quien en adelante se denominará “IIN”, que conjuntamente se denominarán “las Partes”  

CONSIDERANDO: 

Que el Instituto Interamericano del Niño es un organismo especializado de la Organización de los Estados Americanos cuyo fin es promover la formación de una conciencia alerta acerca de los problemas que afectan a la niñez de las Américas, por intermedio de la cooperación entre los países del Continente Americano destinadas a mejorar las condiciones de la niñez, la juventud y la familia en lo relativo a la salud, la educación, los aspectos sociales, jurídicos y culturales, en general; 

Que el Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia es el ente rector competente para la planificación, ejecución y coordinación de las políticas y programas estatales de prevención, atención, protección, promoción y bienestar  de los grupos vulnerables de la población, entre otros:  niñez, juventud, mujeres, personas con discapacidad y la familia, a tenor de lo establecido por la Ley Nº 42 del 19 de noviembre de 1997; 

Que el Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia aplicará las políticas, programas, proyectos y acciones relativos a la niñez a través de la Dirección Nacional de la Niñez, organismo técnico establecido para dar seguimiento y ejecución a las políticas públicas de infancia; 

Que el Instituto Interamericano del Niño promueve desde 1988 la Red Interamericana de Información sobre Niñez (RIIN) en el marco de la cual funcionan tres (3) bases de datos (documental, organizacional y de proyectos); 

Que es importante la cooperación entre organismos afines y, en especial, del Sistema Interamericano, con el fin de obtener una mayor y más eficiente utilización de sus recursos en beneficio de los países del hemisferio, que contribuirá al desarrollo de la capacidad nacional de respuesta a las necesidades de sus niños, niñas y de sus familias; 

Convienen lo siguiente: 

PRIMERA: Celebrar el presente convenio con el fin de crear un Centro Nacional de Información sobre Niñez y Familia, en adelante EL CENTRO, que será un punto focal de la Red Interamericana de Información sobre Niñez, en adelante RIIN y actuará como Centro Coordinador de la Red Nacional de Infancia sobre Niñez y Familia en Panamá. 

SEGUNDA:  (Objetivos)  EL CENTRO, primer paso de la Red Nacional, tendrá por objetivos: 

a.            Captar, seleccionar y sistematizar toda la información y documentación que se
               produzca en la República de Panamá, referente a la infancia y la familia en torno
               a los asuntos jurídicos, asuntos sociales, educación, prevención de la
               farmacodependencia y salud, teniendo como marco referencial la Convención
               sobre los Derechos del Niño.
 

b.            Captar, seleccionar y sistematizar toda la información referencial sobre instituciones, proyectos y los eventos que ocurren con relación a las temáticas definidas en el literal a, de la presente cláusula. 

c.            Difundir en la República de Panamá la información sobre niñez y familia, generada en el país, la que a través del IIN se capte del resto de América, y la documentación externa al Sistema Interamericano que contribuya, directa o indirectamente, a mejorar la calidad de vida de la niñez y la familia panameña. 

d.             Enviar periódicamente (cada 6 meses) al Centro de Información  y Coordinación del IIN (en adelante CIC),  la información y documentación captada por EL CENTRO, de forma que la misma pueda actualizar las bases de datos comunes y ser puesta a disposición de todos (as) los (as) usuarios (as) del Sistema en la región. 

e.            Facilitar a los (as) usuarios (as) en Panamá y a los (as) de la RIIN en el resto de la región, la documentación original en copias con base a los mecanismos fijados de común acuerdo con el IIN

TERCERA:  (Términos de Acuerdo).  El presente Convenio se llevará a efecto bajo el cumplimiento por ambas partes de los siguientes términos de acuerdo: 

a.      El IIN entregará al EL MINISTERIO en Iicencia de uso el Sistema OPD, que incluye por lo menos tres (3) bases de datos: documental, organizacional y de proyectos, especialmente programado por aquél, así como la documentación del mismo. 

b.       El IIN es responsable de la capacitación, el entrenamiento y el soporte técnico que contribuya al adecuado funcionamiento operativo de EL CENTRO

c.      EL MINISTERIO proveerá la infraestructura adecuada para el funcionamiento de EL CENTRO

d.      EL MINISTERIO se responsabilizará de dotar de personal para el adecuado funcionamiento de EL CENTRO, siendo depositario de los programas de computación y de toda la información que el Sistema OPD maneje sobre niñez y familia. 

e.      EL MINISTERIO deberá proveer el presupuesto de instalación, y de mantenimiento de EL CENTRO, creando las condiciones que aseguren el funcionamiento del mismo más allá de los primeros veinticuatro (24) meses de funcionamiento. 

f.       EL MINISTERIO podrá crear una Red Nacional a partir de EL CENTRO en el resto de ciudades de Panamá, estableciendo para ello convenios con aquellas instituciones que considere pertinentes.  A dichas instituciones deberá hacerse extensivo el presente Acuerdo en todos sus términos, salvo en lo referente al soporte y mantenimiento de los programas de computación que correrá, en esos casos, a cargo de EL MINISTERIO. 

g.      EL MINISTERIO informará al IIN sobre las actividades vinculadas a  EL CENTRO, así como sobre la creación de nuevos nodos. 

h.      EL MINISTERIO producirá anualmente las Páginas Amarillas de la Infancia y una Guía de Proyectos que serán distribuidos entre los (as) usuarios (as) de los La República de Panamá. 

i.       EL MINISTERIO será el responsable de toda la información que ingrese al sistema en la República de Panamá, deslindando toda responsabilidad por el resto de la información ingresada al sistema desde otros Centros Nacionales, nodos, o el propio CIC. 

j.        EL MINISTERIO podrá copiar o trasladar la información del sistema para utilizarla en sus propias bases de datos. 

k.      EL MINISTERIO se conectará a Internet a los efectos de utilizar las facilidades de un correo electrónico, conferencias electrónicas y acceso a las bases de datos que permitan un fluido intercambio de información con los demás Centros del Programa Interamericano de Información sobre Niñez y Familia  (PIINFA), así como el acceso de instituciones usuarias a servicios de consulta online.

l.       EL MINISTERIO asegurará la continuidad de los recursos humanos y materiales asignados a este proyecto, de forma que los mismos puedan cumplir con los compromisos derivados del presente acuerdo. 

TERCERA: Las partes aceptan que cualquier litigio o controversia proveniente de, o relacionado con este Acuerdo, así como la interpretación, aplicación, ejecución y terminación del mismo, deberán resolverse de conformidad con las leyes, decretos, normas o acuerdos nacionales y municipales vigentes. 

CUARTA: (Disposiciones Finales).  El presente acuerdo tendrá una  vigencia de dos (2) años, prorrogables previa evaluación por parte del IIN.  La primera renovación será expresa, y las posteriores serán automáticas, por períodos de dos (2) años. 

Este acuerdo se rescindirá por solicitud de cualquiera de las partes, haciéndolo con una anticipación de noventa (90) días. En este caso, los programas, así como las bases de datos, no podrán seguir siendo utilizadas por el Centro de Información y deberán ser devueltos al IIN.  Los términos del presente acuerdo podrán ser modificados mediante el consentimiento expreso de ambas Partes. 

Como constancia se firma el presente Acuerdo en dos (2) ejemplares de igual contenido y tenor, en la ciudad de Panamá a los______días del mes_____de_2002

 

 

POR EL MINISTERIO DE                                EL INSTITUTO INTERAMERICANO
LA JUVENTUD, LA MUJER,                            DEL NIÑO
LA NIÑEZ Y LA FAMILIA

 

                                   

ALBA TEJADA DE ROLLA                              ALEJANDRO BONASSO
            
Ministra                                                 Director General

 

REFRENDO

 

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Alvin Weeden Gamboa

  

El Director General del IIN firma "ad-referendum" del Consejo Directivo del IIN.