La Familia en la Ejecución de las Sanciones del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente 

(Una mirada desde las y los adolescentes sancionados)

 

Introducción

            El presente trabajo resulta de los primeros análisis hechos a las entrevistas de dos adolescentes, Jean Pier y Jenny[1], ambos sancionados penalmente con privación de libertad, por haber matado a una persona, es decir, haber cometido un homicidio.

            Este primer informe se plantea como objetivo, el iniciar la labor de acercamiento a la comprensión de la sanción que tienen los y las adolescentes sancionados, y la forma en que la familia es vivida y entendida por ellos en ese proceso sancionatorio.

            Inicio el trabajo, con unas reflexiones sobre mi experiencia y mi vinculación con el área de investigación, para desarrollar seguidamente algunos aspectos conceptuales y teóricos, planteándome posteriormente cuales serán las preguntas de investigación y describir el procedimiento metodológico seguido para dar respuesta a esas preguntas.

            Del recorrido hecho por las narraciones de los protagonistas de este informe, Jean Pier y Jenny, observé que la familia, toma una nueva dimensión en su vida y ellos, se descubren en ella de forma diferente. Así mismo, la sociedad está dividida en dos “equipos” uno de buenos y otro de malos, y en el momento de la ejecución de la sanción, ellos, nuestros protagonistas, no se sienten pertenecientes a ninguno de los dos, por que ya no son malos, pero tampoco son buenos.

            Estas reflexiones, nos permiten comprender que la familia, como sistema inicial de relaciones del ser humano, juega un papel fundamental en las posibilidades de transformación de los adolescentes sancionados penalmente, pero a su vez, puede ser esta una oportunidad a la inversa, es decir, la sanción penal de un miembro adolescente de la familia, como generador de cambios en el seno de la familia para lograr su transformación, en un espacio mucho más protector para sus miembros.

Mis queridos jóvenes:

Veo la luz de vuestros ojos,

la energía que emana de vuestros cuerpos,

y la esperanza que impregna vuestras almas.

Sé que sois vosotros, y no yo, quienes levantaréis el futuro.

Que vosotros, y no yo, rectificaréis nuestros errores y haréis suma y sigue con las cosas buenas de este mundo.

 

Nelson Mandela

 

¿Por qué investigar sobre las y los adolescentes sancionados penalmente y sus familias ?

Reflexiones personales.

 

En primer lugar, cuando se habla de familia, resulta casi inevitable pensar en la propia familia de la que formamos parte, de la familia que estamos abandonando y de la que estamos construyendo, es así que hablar de familia resulta hablar de eso que todos somos, hemos sido y seremos en un futuro.

Desde el punto de vista personal, este tema resulta de gran relevancia porque desde muy pequeña mis padres desarrollaron en mi lo que hoy es una marca en todos los aspectos del desarrollo de mi historia de vida, una marca que tiene que ver con la importancia de respetar a todos los seres humanos como seres únicos e irrepetibles y sobre todo, como seres en constante crecimiento, siempre en proceso de aprendizaje y con la posibilidad de construir caminos distintos para sí mimos y para todos los demás.

Esta forma de entender al hombre, generó en mi una gran preocupación que a lo largo de mi vida la he convertido en una ocupación, que es precisamente la de tratar de comprender al otro y facilitar en los demás la posibilidad de crecer con esa visión de respeto, solidaridad y armonía que desde pequeña entendí era la única forma de vivir el mundo en paz, como lo dice Jhon Lennon en su canción... Imagínate a un mundo en donde todos vivamos en paz...

Es por ello, que desde que inicié mi formación académica en la universidad, me inquietó el tema de la delincuencia, y específicamente de la delincuencia adolescente, porque es difícil imaginarse que un adolescente, un joven, esté en tanta desarmonía con su mundo, que lo agreda y lo destruya, inclusive a los otros seres humanos, y es que no podía comprender por qué eso sucedía, sobre todo cuando la adolescencia fue para mi una de las etapas de mayor construcción individual y social. Esta inquietud me llevo hacer la tesis de grado de la licenciatura sobre un estudio de la personalidad de los y las adolescentes que cometen delitos.

Esta experiencia cambió mi vida y la forma de ver a la sociedad en la que crecí, esta experiencia con los muchachos del Instituto Nacional del Menor - INAM - me mostró la cara de una sociedad en la que la exclusión, el maltrato y la negación de la dignidad humana son la excusa perfecta para seguir excluyendo, maltratando e indignando a los seres humanos. El acercarme a los “chamos” del Centro de Diagnóstico y Tratamiento del INAM, Carolina Uslar I, me abrió los ojos, el corazón y la inquietud por ellos y se convirtió en mi programa de vida el hacer de mi ejercicio profesional y humano todo lo que estuviese a mi alcance para romper ese ciclo, pero no como una salvadora, sino como una amiga capaz de facilitar procesos de crecimiento en los otros que permitirán que el colectivo pueda desde su propia visión cortar la cadena de exclusiones, maltratos e indignidades.

Es de esta manera, como llegué a ser psicóloga del INAM y posteriormente jefe de centro de una casa para niños abandonados y maltratados, descubriendo el mundo de la regulación jurídica de los derechos y convenciéndome cada vez más de que los y las adolescentes que delinquen no son jóvenes que necesitan tratamiento, sino más bien la posibilidad de ejercer oportunidades desde un marco de respeto por ellos mismos y por los demás.

            Finalmente por esas vueltas que da la vida comencé a trabajar en la Defensoría del Pueblo, desde donde aprendí la otra dimensión de eso que intuitivamente presentía y que no era otra cosa que la construcción de una sociedad respetuosa de los derechos humanos, entendidos éstos como todos aquellos derechos que deben traducirse en acciones concretas que nos permitan vivir dignamente.

            Y desde esta experiencia, que más que laboral, es una experiencia de vida, inicié el estudio de la nueva visión del derecho de niños, niñas y adolescentes y por supuesto de sus familias, y comprendí que el cambio de paradigma del derecho lleva implícito un cambio en la visión del hombre, que es mucho más parecida a ese hombre que me enseñaron mis padres, un hombre digno, respetado y respetuoso y sobre todo feliz, llegando así a la necesidad de construir sobre terrenos nuevos, como lo son el de diseñar programas, planes y proyectos, en el marco de lo que debe ser la atención de los y las adolescentes delincuentes desde esta nueva visión del derecho y del ser humano, que necesariamente debe acercarse a la familia como espacio fundamental y privilegiado para el desarrollo pleno de todo ser humano.

            Cuando pienso en los y las adolescentes que siguen pasando por el INAM, no dejo de reflexionar en la magia que puede tener para esos seres humanos, el que por primera vez en sus vidas se les reconozca como importantes, se les respete tal y como son y sobre todo se les demuestre que el amor existe, no solo para ejercer la sexualidad, sino también para hacer posible la sonrisa de quienes amamos.

Siempre voy a recordar a José Adrián, uno de esos adolescentes increíbles que conocí en el Centro del INAM, Carolina Uslar I cuando hacía mi tesis de licenciatura, y que después de varias conversaciones sobre la vida y la amistad me dijo, con lagrimas en sus ojos “señorita, uno con usted se siente gente... que yo nunca me había sentido así”...

Su voz, y su expresión de sentimientos me han acompañado desde entonces y me hacen preguntarme una y otra vez, qué pasó con la familia de José Adrián, porqué nunca se sintió gente... Quizás, esta sea una de las cosas que más me impulsan a trabajar con los y las adolescentes sancionados penalmente y sus familias.

 

Familia y Adolescencia

El nuevo paradigma jurídico y su relación con la psicología del desarrollo humano.

 

Una de las primeras cosas que saltan a la vista al hablar de familia, tiene que ver con la familia como una construcción social típica del ser humano, sin embargo, esta aseveración no es tan cierta como pareciera, porque diferentes estudios comparativos entre diversas formas de organización animal, revelan que la familia como agrupación que garantiza la continuidad biológica de la especie se observa en diferentes grupos de animales (Palacios, 1999); por lo que, en el ser humano, la familia no responde únicamente a necesidades estrictamente biológicas, siendo más bien el resultado de la interacción de diferentes factores sociales, culturales, económicos etc; es así como Palacios (1999), nos señala que la familia humana cumple la función de garantizar la existencia y desarrollo común de todos los miembros que la componen, señalando así que la familia es el lugar de desarrollo de los niños, pero también es el lugar de desarrollo de los adultos, por lo que el autor asegura que la “familia es un privilegiado contexto para el  desarrollo humano” (Palacios, 1999, p.45).

De esta manera, la familia ha sido estudiada desde diferentes enfoques según nos lo plantea Platone (1999), siendo alguno de ellos los siguientes:

ü      Enfoque Histórico Antropológico: este enfoque plantea entre otras cosas, la necesidad de ubicarse en los contextos históricos, sociales, culturales, económicos, etc., para poder comprender la compleja dinámica de las relaciones que se dan en la familia, pareciendo perderse en el contexto las características individuales e interpersonales que se dan en un grupo familiar.

ü      Enfoque Socio Psicológico: en este enfoque la investigación de la familia se centra en las características, fundamentalmente negativas de los miembros de las familias.

            Del planteamiento hecho por Platone (1999), podríamos desprender que dentro de este enfoque se encuentran los estudios de la dinámica relacional y funcional, los modelos de investigación-acción, los estudios sistémicos, el enfoque educativo, que más que un estudio de la familia, pareciera ser una forma de intervención y finalmente la autora plantea la aparición de un paradigma postmoderno.

Dentro de los múltiples enfoques existentes en el estudio de la familia, para esta investigación se pretende partir de la noción compleja de la teoría ecológica o sistémica, en donde el ambiente es entendido como un ecosistema, que no es otra cosa que un conjunto de estructuras que se contienen unas a otras, como las muñecas rusas, utilizando el mismo ejemplo que Bronfenbrenner (1987), por lo que pensar en el desarrollo humano debe entonces llevarnos a pensar en las múltiples y bidireccionales relaciones que mantiene cada sujeto con todos esos sistemas en los que se relaciona, ampliando la visión incluso a aquellos otros sistemas en donde el sujeto no se relaciona directamente pero en donde existe una afectación por los cambios y dinámicas que se dan en esos sistemas más lejanos al sujeto (Fernández, 2000).

 Es así como Bronfenbrenner (1987) señala que el primer sistema es aquel en donde se encuentra el sujeto y se dan esas relaciones inmediatas diádicas que suele estudiar la psicología del desarrollo humano, a este primer sistema se le denomina microsistema; en segundo lugar estaría el mesosistema, que es definido como el conjunto de relaciones que se cruzan entre los diferentes medios o escenarios en donde se relaciona un mismo sujeto; en tercer lugar se encuentran lo que el autor denomina exosistema y que es definido como aquellos entornos en donde el sujeto no participa directamente, pero que tienen incidencia en aquellos espacios que se vinculan directamente con el sujeto; llegando finalmente al macrosistema, que es aquel que comprende aspectos abstractos y que tienen determinaciones precisas en cada uno de los sistemas anteriores, estos aspectos serían la ideología, la cultura, etc.

De esta manera, el estudio del desarrollo humano desde una perspectiva ecológica y sistémica resulta de una visión realmente compleja del ser humano y una comprensión que obliga a ver al ser humano como un sujeto activo, que influye y es influido por todos los sistemas en los que participa directa o indirectamente e incluso en aquellos en los que no participa.

            Sin embargo, en esta ocasión, se ha querido realizar una reflexión relativa a la necesidad de comprender los procesos familiares de los y las adolescentes que han cometido un delito y que se encuentran sancionados penalmente, pero con la idea de partir desde esta visión compleja del desarrollo humano, y comprendiendo que la familia es un espacio de desarrollo humano fundamental, por cuanto nunca estamos fuera de ella, bien sea porque estamos llegando, vamos saliendo o la estamos conformando, el ser humano es un ser humano de la familia y por la familia.

            Es así como el enfoque sistémico, parece responder a la necesidad de comprender a la familia desde un marco que se libere de las criticas encontradas en los otros modelos, y se acerque a su compleja funcionalidad y reciprocidad con la construcción de sociedades.

Es por ello que desde este modelo se considera que “la conducta de un individuo en un grupo (o familia) es la resultante del campo de fuerza del contexto en una situación determinada” (Lewin, 1938 c.p. Platone, 1999), es decir que se entiende a la familia  como un conjunto de sistemas de interrelaciones que Palacios (1999) define como “... la unión de personas que comparten un proyecto vital de existencia en común que se quiere duradero, en el que se generan fuertes sentimientos de pertenencia a dicho grupo, existe un compromiso personal entre sus miembros y se establecen intensas relaciones de intimidad, reciprocidad y dependencia” (Palacios, 1999, p.10).

Esta definición, lo que nos está diciendo es que no existe una familia enmarcada en patrones estrictos, esto nos señala el entendimiento de la familia como un conjunto de interrelaciones que van a producir cambios definitivos en cada uno de los sujetos que la componen, e inevitablemente en los sistemas en los que esos sujetos participan  y viceversa. Es por ello, que en las diferentes investigaciones que se han realizado desde este enfoque, no se habla de la familia como una unidad o como anteriormente se nos definía : la célula fundamental de la sociedad; sino que por el contrario, la familia o mejor dicho las familias, forman parte de un gran sistema en donde las características de las interrelaciones que se dan facilitarán la construcción de personas adultas sanas psíquica y socialmente, además de ser facilitadora de procesos típicos de los sujetos adultos, siendo a su vez un espacio para el encuentro intergeneracional, constituyéndose en un apoyo para las diversas transiciones vitales de todo ser humano (Palacios, 1999).

El enfoque sistémico, en sus diversos estudios, (Recagno y Platone, 1998; Recagno, 1998; Platone, 1998; Williams, Volcán y Platone, 1998; Moreno, 1998; Antequera y Williams, 1998) ha centrado su atención en diversas problemáticas como la exclusión social, la violencia intra familiar, las características de las familias populares venezolanas, diferencias de género en los patrones de crianza; no encontrándose ningún estudio que dirija su atención a las dinámicas familiares de los y las adolescentes en conflicto con la ley penal, siendo aún más difícil de encontrar estudios que se refieran a los programas para la intervención familiar de estos adolescentes, sin embargo, estos estudios nos hablan del cómo ocurren las relaciones en nuestras familias, tomando en cuenta los múltiples factores, actores e instituciones que acompañan a las familias en su proceso de constitución y desarrollo, expresándose en estos estudios la importancia de las interacciones de los diferentes sistemas que intervienen y sus repercusión en el modo de relacionarse y concebirse la familia venezolana.

Podríamos entonces señalar, que el enfoque sistémico ubica a la familia, no como una estructura fija de valores interrelacionados, sino como un complejo engranaje de sistemas interconectados, interdependientes e interrelacionados, en donde todos afectan a todos y donde la familia sigue siendo la esencia de la construcción social; por eso es de vital importancia alinear los engranajes socioeconómicos y culturales que no están permitiendo un adecuado funcionamiento del sistema social contemporáneo y desde luego, comprender cómo la familia en su compleja interacción con su entorno ha sido también coparticipe de las dificultades encontradas en las formas de generar cambios socioeconómicos y culturales.

Esta visión sistémica de la familia la encontramos reflejada en el rescate que hace el nuevo paradigma del derecho de niños, niñas y adolescentes, en donde se hace hincapié en la importancia de la familia y su papel fundamental en la construcción de ciudadanía.

La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño-CIDN- (1990), señala en su preámbulo que la familia es la asociación fundamental y el medio natural para el crecimiento del ser humano, con lo que se distinguen varios aspectos novedosos en la concepción legal de la familia. En primer lugar, hablar de familia como asociación, remite inmediatamente a familia como sistema de relaciones más que como una unidad estática y rígida, lo que permite pensar en familias distintas conformadas fundamentalmente por el tipo de relaciones entre sus miembros, más que por aspectos concretos.

En segundo lugar, nos remite a la visión de la familia como proceso de desarrollo, como ejercicio de construcción y crecimiento colectivo, en donde todos su miembros se benefician del proceso vivenciado de forma colectiva e individual, dando la sensación de familia en movimiento y no estática.

Esta visión, sin duda alguna, se vincula estrechamente con el enfoque sistémico, desarrollado anteriormente, en el que las relaciones entre miembros de un grupo y los sistemas que lo rodean e incluyen hacen del proceso de desarrollo humano una actividad de crecimiento de los sujetos y de los grupos a los que pertenecen esos sujetos.

Pero la Convención va más allá de esta definición de familia, e insiste en rescatar el papel de la familia en el marco del ejercicio de sus derechos, por lo que en el desarrollo de sus artículos encontramos que se hace hincapié en el respetó que debe tener el Estado a las responsabilidades de la familia en la conducción del proceso de desarrollo de sus niños, niñas y adolescentes (Art. 5, CIDN, 1990), para lo cual el Estado deberá asistir a las familias de forma tal de facilitar el proceso de desarrollo de las mismas, con lo que a su vez se le puede exigir el cumplimiento de sus obligaciones y atenciones apropiadas para con sus hijos ( Art. 18, CIDN, 1990).

Así mismo, la familia es rescatada dentro del proceso penal que se le aplica a los y las adolescentes, buscando siempre la preservación de los vínculos entre el adolescente sancionado y su familia (Art. 37, CIDN, 1990).

Ahora bien, la misma Convención Internacional sobre los Derechos del Niño – CIDN - señala en su artículo 40, que el proceso penal que se sigue al adolescente no es una aplicación exacta de los principios penales del derecho, tal como lo es para los adultos, y es por ello que hace hincapié en señalar que se trata de un proceso judicial con el respeto de todas las garantías judiciales, propias de los procesos que se le siguen a los adultos, pero que tiene un objetivo distinto al del derecho penal, en este caso el objetivo más que sancionatorio es de tipo social, es socioeducativo, lo que hace evidente la inclusión de la familia en el proceso de ejecución de las medidas que se les impongan a los y las adolescentes que se les demuestre su participación en hechos punibles.

Este principio de un derecho penal de los y las adolescentes distinto al de los adultos, responde en primer lugar a la comprensión del adolescente como sujeto en proceso de desarrollo y por consiguiente, más que objeto de castigo, sujeto de educación; y como todo sujeto en proceso de desarrollo, miembro de una familia que debe participar en el proceso socioeducativo por ser su principal función y responsabilidad social.

Si pensamos en que la familia es un espacio de desarrollo humano que es fundamental tal y como lo señala Bronfenbrenner (1987) y la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (1990), para que ese proceso se de en las mejores condiciones posibles y que además dentro de la familia, entendida ésta como un sistema, los eventos que ocurren pueden constituirse en transiciones ecológicas, el hecho de que uno de sus miembros, adolescentes, cometa un delito y sea castigado por ello según lo establece la ley, puede constituirse en un hecho que marcará pautas para el adolescente y su familia e incluso su comunidad dependiendo de la forma en que se afronte esta transición.

De esta visión de la aplicación de la justicia a los y las adolescentes, con un carácter eminentemente socioeducativo, en donde la familia sigue jugando su rol fundamental se refuerza en el contenido de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (Reglas de Beijing, 1985) y en las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de Menores Privados de Libertad (Reglas de Riyadh, 1990), reglas que recogen una vez la importancia de la participación de la familia en el proceso de administración de justicia a los y las adolescentes que cometen delitos.

De esta manera encontramos que en la Reglas de Beijing (1985), en la Parte I, en los artículos 1.1 y 1.3 de los Principios Generales se señala la importancia de preservar el bienestar general de la familia y el adolescente, además de incluirse a la familia y la comunidad en el proceso socioeducativo que implica la administración de justicia.

Así mismo, más adelante en estas mismas reglas, encontramos en la Parte III, artículo 18.2 una referencia que nos demuestra la visión socioeducativa de esta forma de administrar justicia penal, y es que se dice que la supervisión de los padres se mantendrá incluso en la fase de ejecución de las sentencias que se le impongan a los y las adolescentes, lo que nos otra cosa que ratificar el papel rector de la familia en el proceso de desarrollo de sus miembros, y en este caso en particular sobre sus hijos adolescentes.

Finalmente en la Parte IV de las Reglas de  Beijing, en el artículo 26.5 se señala nuevamente la importancia de dar acceso a los padres a los establecimientos en donde se ejecuten las medidas impuestas a los y las adolescentes, como garantía de la preservación de los vínculos, pero también para permitir que su supervisión se mantenga, aun y cuando el adolescente no viva en el mismo lugar que sus padres por estar sancionado penalmente.

En las Reglas de Riyadh (1990), en el artículo 30 se menciona nuevamente la importancia de que los padres tengan acceso a los establecimientos donde se cumpla la medida de privación de libertad de los y las adolescentes.

Lo que estos cuerpos normativos y reguladores del proceso de la administración de justicia de adolescentes nos están señalando constantemente, es que la familia debe considerarse en todo momento, el espacio ideal para lograr el proceso de desarrollo humano de forma más sana y nutritiva, lo que necesariamente nos lleva a considerar las condiciones de las familias y sus características, pues como se señaló anteriormente, la familia entendida como sistema implica  un conjunto de relaciones que fluyen en todas las direcciones y nos obliga, a pensar en todos los sistemas incluidos, para poder efectuar una labor verdaderamente socioeducativa en el proceso de intervención judicial de los y las adolescentes delincuentes.

Situación del adolescente delincuente

desde el enfoque ecológico

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Adolescencia y Responsabilidad Penal

Un nuevo paradigma del derecho y de la Psicología del Desarrollo Humano

 

 

Partiendo de la visión de la familia descrita en la sección anterior, debemos entonces revisar las características de nuestro país, Venezuela, en donde la situación económica de una inmensa mayoría no resulta favorable para el desarrollo de una calidad de vida digna, en donde las políticas del estado parecen haber fallado su objetivo y resulta evidente el efecto de estas carencias en el proceso de formación y desarrollo de nuestros niños, niña y adolescentes, lo que se ha traducido, en un lenguaje más jurídico, en la violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.        

Así por ejemplo, en el Resumen Oficial del Estado Mundial de la Infancia, UNICEF-2003, se observa cómo nuestro país tiene una tasa de mortalidad infantil de 22, con 557 nacimientos anuales, un 87% de la población urbana y un 23% de la población sobreviviendo con menos de un dólar diario. Estos datos nos indican, que a pesar de que tenemos indicadores positivos desde el punto de vista de desarrollo humano, todavía persisten problemas graves que afectan a nuestra población, que en su mayoría son jóvenes.                   

Sin embargo, en este sentido Venezuela, en un esfuerzo por cambiar esta situación, ratifica en 1990 la Convención sobre los Derechos del Niño, y a partir de ese momento se compromete como Estado parte a hacer todos los cambios y modificaciones pertinentes en su legislación y en sus instituciones para garantizar el efectivo disfrute de todos los derechos para todos los niños, niñas y adolescentes del país (Ley Aprobatoria de la Convención Sobre Los Derechos del Niño, 1990; Ratificación de la Convención Sobre Los Derechos del Niño, 1990).

A partir de ese año, innumerables instituciones y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales se dedicaron a concretar el compromiso recién adquirido por la republica, efectuándose innumerables eventos y discusiones hasta lograr en 1998 la aprobación de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que entró en vigencia en abril del año 2000 (Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 1998).

            Esta nueva Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, significó un cambio en la concepción de la infancia y la adolescencia en nuestro país, introduciéndose en el derecho elementos que remiten necesariamente a la psicología del desarrollo humano, por cuanto se establece la noción de niño como sujeto en proceso de desarrollo, dentro de una familia responsable de ese proceso de desarrollo, lo que remite a la progresividad del ejercicio de los derechos y de la responsabilidad que el ejercicio de los mismos impone a cada ciudadano. Así mismo, en diciembre de 1999 se aprueba la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que en primer lugar enmarca y define a la familia desde la visión sistémica y compleja de la que hemos señalado, acogiéndose a esa nueva visión del derecho presente en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, tal y como se desprende de su artículo 75, para posteriormente señalar en su artículo 78, la condición de niño como sujeto pleno de derecho, en el marco de la corresponsabilidad entre familia, estado y sociedad.      

Art. 75: El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes. El Estado garantizará protección a la madre, al padre o a quién ejerzan la jefatura de la familia.

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse en el seno de su familia de origen. Excepcionalmente, cuando ello no sea posible o contrario a su interés superior, tendrán derecho a una familia sustituta, de conformidad con la ley…

Art. 78: Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollaran los contenidos de esta Constitución, la Convención de los Derechos del Niño y demás tratados internacionales en esta materia halla suscrito y ratificado la República. El Estado, las familias y la sociedad asegurarán, con prioridad absoluta, protección integral para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que le conciernan. El Estado promoverá su incorporación progresiva a la ciudadanía activa y creará un sistema rector nacional para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes. (Art. 78, CRBV)

Estos artículos de la Constitución, hacen referencia, en primer lugar a la importancia de la familia en el proceso de desarrollo humano, lo que sin duda alguna nos lleva a la consideración de la trascendencia que tiene el papel de la familia en el desarrollo de cualquier actividad enmarcada a propiciar espacios de desarrollo para los niños, niñas y adolescentes.

En segundo lugar, encontramos dos referencias fundamentales que remiten al cambio de paradigma que ha operado en el ámbito del derecho de familia y niños, y tiene que ver con la condición de sujeto de derecho y la progresividad del ejercicio de la ciudadanía.

            La condición de sujeto de derecho, hace referencia a la sustitución de las necesidades por derechos, lo que permite su exigibilidad y de esta manera genera responsabilidades que en nuestro caso son compartidas por el Estado, la familia y la sociedad; esta sustitución de necesidades por derechos se traduce en el lema de derechos humanos para la infancia, por cuanto hasta no hace muy poco la condición de niño no era suficiente para ser considerado por el derecho como un humano con derechos, por lo menos no en la práctica, lo que hacía imposible la defensa de los derechos humanos de la infancia.

            Por otro lado, la incorporación progresiva a la ciudadanía de los niños, niñas y adolescentes nos remite a la condición de persona en desarrollo del que la psicología del desarrollo humano puede dar cuenta, acercando así el derecho a la psicología; pero este acercamiento va más allá y se relaciona con el cambio de paradigma que ha venido operando, de igual modo que en el derecho, en el seno de la psicología. Es por ello que León (2000) hace referencia a situaciones que hacen del nuevo derecho de familia y niños y la psicología evolutiva ciencias que caminan tomadas de la mano en el proceso de crecimiento y evolución paradigmáticos, respondiendo cada vez más a una visión del hombre más humana. De esta manera la autora señala que la psicología ha dejado de atender al niño problema exclusivamente para atender a todos los niños como modelo de intervención primaria y secundaria, cambio que se observa en el derecho cuando se deja de tomar en cuenta exclusivamente a los niños problemas, es decir a los menores en situación de peligro o irregular, para legislar a favor de todos los niños, niñas y adolescentes sin ningún tipo de discriminación.

También la psicología ha sentido la necesidad de incorporarse a la comprensión del proceso de construcción y transformación del ser humano en desarrollo, dentro de un espacio complejo de relaciones e interacciones que en el nuevo derecho se observa al ampliarse los derechos básicos de salud y educación por derechos más complejos como el de participación, desarrollo, comunicación, etc.

Esta visión mucho más cercana a lo que realmente somos, ha llevado a crear nuevos espacios para lograr el objetivo de construir una mejor convivencia ciudadana, es decir, una mejor convivencia humana.  Es por ello que en el marco de una sociedad con múltiples carencias y en donde el problema de la delincuencia ha tocado a todos los sectores, el Estado venezolano, ha creado un sistema penal de responsabilidad de adolescentes, lo que nos habla, en el marco de la comprensión del sujeto en desarrollo, de la posibilidad de que los y las adolescentes mayores de doce años respondan gradualmente por sus actos y especialmente de aquellos actos que lesionan los derechos de los demás, particularmente los considerados como delitos por nuestra leyes penales. De esta manera se crea un sistema que pretende buscar el equilibrio entre los derechos del adolescente, las exigencias del bien común y los derechos de las demás personas, frente a los cuales el adolescente debe observar respeto (Mata, 2002).

Además, se hace una ruptura importante con la concepción discriminadora anterior en el ámbito del derecho ya que se considera al adolescente que delinque, no como un enfermo mental, sino como un sujeto en desarrollo que tiene una historia de grandes carencias y necesidades, que no le ha permitido establecer adecuados limites entre él como persona y los demás como comunidad (Pérez, 2002).

 Pero esta ruptura no responde únicamente al ámbito del derecho, también deriva de una visión del adolescente mucho más positiva y que se enmarca dentro de la adolescencia definida como una etapa llena de oportunidades para desarrollar las capacidades individuales, tomando en cuenta que es en esta fase del desarrollo humano cuando se logra, la consolidación de sus sistemas afectivos, sociales, de pensamiento y relacional.

De esta manera, entenderemos a la adolescencia como una etapa en la que se busca consolidar los valores y en donde la familia juega un papel fundamental, por ser ella la mediadora entre las exigencias de la cultura, de la sociedad, de los grupos de amigos y de referencia y de los propios deseos del adolescente. La adolescencia es entendida por Racial (2000, en UNICEF, 2001) como la primera experiencia que tiene todo sujeto con la dimensión colectiva de la vida, es el salir, salir de casa, de la escuela, de la infancia, e iniciar la definición del si mismo a través de la búsqueda de experiencias propias, por lo que las regulaciones resultan en esta etapa tan fáciles de romper.

Desde el punto de vista del desarrollo humano en diferentes estudios se hace referencia a la importancia de los cambios en los procesos de pensamiento de los y las adolescentes, por cuanto es en esta etapa cuando se consolidan las estructuras de pensamiento abstractas y se establecen sus bases neuronales lo que le permitirán perdurar a lo largo de toda la vida, de allí la importancia que se le da a la función sociopedagógica dentro de las sanciones penales para los y las adolescentes (UNICEF, 2002).

En el marco de esta visión de la adolescencia, y partiendo del respeto de las garantías de cualquier persona que se somete al sistema de justicia penal, se crea un sistema especial para el caso de los y las adolescentes mayores de doce años, que no solo respeta las garantías fundamentales del debido proceso, sino que además deberá ajustarse a la condición de sujeto en desarrollo que es el adolescente, garantizándose así que el proceso judicial y las características de la sanción se conviertan en una oportunidad pedagógica de intervención en ese proceso de desarrollo inadecuado, para permitir que culmine de forma adecuada, construyendo con el adolescente y su familia un ciudadano activo y responsable.

De esta manera, las medidas sancionatoria previstas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, tienen una finalidad educativa que debe ser aplicada por un juez especializado, que deberá basar su decisión en la participación real del adolescente en el hecho que se le señala de haber cometido, dentro de los limites establecidos en el derecho (Morais, 2001), impidiendo así que se trate de penalizar al adolescente no por sus actos, sino por su condición social, o peor aún, se le pretenda tratar no como un victimario sino como una victima, lo que se traduciría en un desconocimiento de las capacidades reales de responsabilidad del adolescente y por consiguiente en la impunidad, lo que sin duda alguna no traerá repercusiones adecuadas ni positivas en el proceso de desarrollo de ese adolescente y por consiguiente en el ejercicio de su ciudadanía responsable.

Tal y como lo señala Morais (2001), las sanciones previstas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, tiene un carácter penal y no social, además de ser personalísimas, lo que quiere decir que la privación de derechos o la imposición de obligaciones deberán afectar estrictamente a la persona que está siendo sancionada, por lo que deberá modularse esa sanción a través de una serie de mecanismos que garanticen que los operadores que la pondrán en practica no violen esos derechos.

Es así como, la ley prevé, entre otros mecanismos, la elaboración de un plan individual para cada adolescente que es sancionado penalmente, plan que permitirá al juez de ejecución, que es quien debe vigilar que el cumplimiento de la sanción se haga dentro de los parámetros previstos en la sentencia y que además no se le violen derechos al adolescente, conozca cómo se logrará el objetivo socioeducativo de la sanción en ese joven en particular y además evaluar el impacto real que está ejerciendo dicha sanción en el adolescente.

De esta evaluación, el juez podrá modificar o no la sanción por otra que se acerque más a la necesidad de formación del adolescente y que le permita a éste darse cuenta de las consecuencias de sus actos para si mismo y para las demás personas que le rodean.

En este complejo proceso, no podemos perder de vista la participación de la familia, que si bien es cierto no forma parte de la sanción penal, por ser esta estrictamente individual, no podemos excluirla del proceso socioeducativo en el que se iniciará el adolescente sancionado, por cuanto la familia tiene un gran papel que cumplir en ese proceso, no solo por tratarse del lugar de donde proviene el adolescente, sino porque además tiene una cuota de corresponsabilidad que asumir en torno al proceso que atraviesa el joven que es sancionado.

Tal y como se señaló anteriormente, la familia debe incluirse en el proceso socioeducativo del joven en tanto es ella el espacio privilegiado para el desarrollo del ser humano, pero además, porque existe un mandato establecido en las diferentes reglas y directrices anteriormente revisadas, como lo son la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (Reglas de Beijing) y las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de libertad (Reglas de Riyadh)

Finalmente, los operadores del sistema de justicia de adolescentes refieren constantemente la importancia del papel de la familia para lograr el objetivo de las sanciones penales de los y las adolescentes, que sin bien es cierto no se ha tomado muy en cuenta a la familia en los programas que se han venido desarrollando hasta la fecha, tal y como lo señala Martínez (2001), no deja de ser fundamental su participación en el acompañamiento de la ejecución de la sanción.

 

Acción Socioeducativa, Desarrollo Moral y Familia

 

 

Cuando hablamos de la participación de la familia en el proceso de ejecución de la sanción, no nos referimos a la oportunidad de intervenir la familia como si se tratara de un ente enfermo que se debe curar, sino como la posibilidad de acercamiento y ejercicio reflexivo del núcleo familiar del adolescente en el proceso de construcción de ciudadanos, que se supone una de las metas fundamentales de las familias en las sociedades (Palacios, 1999).

Esta oportunidad de acercamiento debe partir desde la visión de lo que el UNICEF (2001) llama el paradigma de la cooperación, que consiste en practicar efectivamente la visión y el reconocimiento “de que todos los seres humanos somos iguales en dignidad” y por consiguiente debemos cooperar unos con otros, sin distinción de ninguna índole.

Esta visión de las relaciones entre adultos y adolescentes parte de la idea de que los y las adolescentes necesitan a los adultos y los adultos necesitan a los y las adolescentes, permitiendo así que exista una comunicación en donde los adultos escuchan a los y las adolescentes, los y las adolescentes escuchan a los adultos, los adultos se escuchan entre si y los y las adolescentes se escuchan entre si (UNICEF, 2001).

Después de una revisión general, encontramos que en los programas que actualmente se están desarrollando para la ejecución de las sanciones penales de adolescentes se habla constantemente del abordaje de la familia desde una perspectiva sistémica y ecológica (Martínez, 2002); sin embargo, este abordaje no ha dejado de ser un mero recordatorio y no se ha puesto en práctica, pues al evaluar los programas existentes para la ejecución de medidas encontramos que todos están dirigidos al adolescente, pero visto desde una visión patológica, en donde la adolescencia es entendida como una etapa negativa y conflictiva, sin encontrarse en nuestro país ningún programa que se dedique al acompañamiento familiar de los y las adolescentes sancionados penalmente.

Es importante señalar en este sentido, que en otros países tampoco se ha evidenciado la existencia de programas de abordaje familiar de la problemática del adolescente en conflicto con la ley, sin embargo existen programas de acompañamiento familiar para otros procesos sociales de desajuste (Inchauspe, 1996a, Inchauspe, 1996b), que nos hacen pensar en la necesidad de construir un programa de acompañamiento para las familias de los y las adolescentes sancionados penalmente.

Este programa de acompañamiento familiar, además de ajustarse a los nuevos paradigmas de la psicología del desarrollo humano y el derecho de familia y niños, deberá sin duda alguna vincularse al desarrollo y educación de los valores, lo que en psicología del desarrollo se conoce como desarrollo moral, por cuanto estamos hablando de familias y adolescentes en los que la ruptura de la norma ha tomado una significación de transformación de la cotidianidad, o en una cotidianidad no transformadora por lo que deberemos trabajar con los diferentes estadios del desarrollo moral trabajados y desarrollados por Kohlberg (1992), en donde la construcción moral está intrínsecamente relacionada con las interacciones del entorno familiar, social y cultural.

De esta manera, encontramos que autores como Turiel (1989, en Cano, 1997) señalan que al estudiar el desarrollo del conocimiento social en los sujetos se deben tomar en cuenta dos factores, el primero tiene que ver con la coordinación interindividual y el segundo con la transmisión educativa y cultural. El primero de los factores nos refiere a las interacciones que tiene todo sujeto con los múltiples personajes de su entorno familiar, social y cultural y que ocurre con independencia de lo transmitido educativamente, este factor sin embrago ocurre conjuntamente con el de la transmisión educativa, que es específica de cada cultura y que se concretiza en relaciones de tipo generales a un determinado grupo social, cultural, etc.. Lo que nos refiere necesariamente al desarrollo de las sanciones socioeducativas como una experiencia en donde este proceso de interacción debe estar conscientemente mediado por los facilitadores, familiares y educadores, para que el desarrollo de los valores morales de la sociedad a la que pertenecemos se consolide apropiadamente en estos adolescentes.

Esta observación se hace, partiendo de la importancia que tiene lograr que la intervención pedagógica de la sanción penal consiga revertir el proceso de desarrollo cognitivo y moral de los y las adolescentes que viven en nuestras ciudades y que forman parte de una cultura de urgencia que es definida por Pedrazzini y Sánchez (1992) como el resultado de la permanencia en el tiempo de una opción que debió ser provisional y coyuntural, y que ha transformado la crisis en un nuevo sistema social.

Esta nueva cultura está plagada de fenómenos que se estructuran en el marco de relaciones que hacen de los “malandros” verdaderos mediadores y ejemplos sociales de una urbe carente de estímulos y que permite el desarrollo de situaciones ligadas a una alternativa de vida que no deja tiempo para la reflexión y donde pareciera encontrarse como centro de todo la preocupación por sí mismo.

Si partimos de la idea de que el desarrollo cognoscitivo está “…íntimamente relacionado con el desarrollo moral y constituye un requisito necesario, pero nunca suficiente para que éste último se produzca, ya que el desarrollo moral implica también procesos socio-afectivos” (Cano, 1989, p.15), entonces no se puede dejar de pensar en la necesidad de integrar, en los procesos socioeducativos de los y las adolescentes que están siendo sancionados penalmente, el desarrollo de las capacidades cognoscitivas y morales de estos jóvenes, y también de sus familiares, partiendo así mismo de los planteamiento de Vygotsky (1979, en Cano 1997), en donde señala que el desarrollo mental se logra a través de las actividades de cooperación conjunta de comunicación y cooperación, siendo una herramienta muy importante para impulsar el proceso de desarrollo, la mediación de otros sujetos que se encuentren en niveles superiores de desarrollo, introduciendo de esta manera los conceptos de zona de desarrollo real y próximos.

Esta visión progresiva y mediadora del desarrollo cognoscitivo y moral, nos habla de esa necesidad de hacer que el adolescente asuma responsablemente sus actos y logre culminar el desarrollo integral de forma sana y ajustada a las normas sociales de convivencia ciudadana, señalado por la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como objetivo fundamental de la aplicación de sanciones socioeducativas  a los y las adolescentes que cometen delitos (Art. 629).

Es de esta manera,  que no se puede o no se debe pensar en programas socioeducativos para la ejecución de las sanciones penales de los y las adolescentes, sin tomar en cuenta la implementación de herramientas para el desarrollo de las capacidades cognoscitivas y morales desde una perspectiva constructivista, que se ajusta a la nueva visión del niño y del adolescente como sujeto pleno de derechos, constructor de su realidad, activo sujeto de su proceso, pero que, por estar en el inicio del mismo, requiere de la mediación de los adultos; quienes deben estar conscientes de su papel mediador, rol fundamental de los miembros de la familia de estos adolescentes.

En este sentido, encontramos experiencias como las del Instituto Técnico de Rehabilitación Juvenil (INTERJ), referida por Migliorata (1999), en el Uruguay, en las que la familia se incorporó al proceso de desarrollo de las medidas de seguridad impuestas a los y las adolescentes de 15 años en conflicto con la Ley Penal. Esta experiencia, según señala el autor, ha sido exitosa, sobre todo porque se ha visto acompañada de un proceso educativo y de acompañamiento de los equipos técnicos a la familia y de ésta a los y las adolescentes que se encuentran privados de libertad.

Así mismo, encontramos autores como González (2000)que resaltan el papel fundamental de la familia en la educación de valores, quien partiendo del enfoque ecológico sistémico, señala que la interrelación entre padres e hijos permite la construcción conjunta de los valores, que estarán permeados por la costumbre de las familias de origen de los padres, pero también por las experiencias de todos sus miembros con el mesosistema y el exosistema; esta autora señala que “la transmisión de valores parece darse de forma principal a través de la familia” (González, 2000, p. 5), siendo las múltiples socioafectivas que se dan en ella, las que le imprimen sentido a los valores.

De igual modo, Díaz (2001), señala que la violencia de los y las adolescentes, puede estar relacionada con la forma en que se desarrollan las funciones parentales de nutrición afectiva y desarrollo e implatanción de las normas, encontrando que en los casos clínicos estudiados por este autor, cuando se logra mejorar el equilibrio entre ambas funciones, se observan cambios en las conductas violentas de los y las adolescentes.

En otro estudio sobre la comunicación y conflicto familiar en la adolescencia, desarrollado por Parra y Oliva (2002), se observa que uno de los temas que aparecen con mayor frecuencia es el relacionado con las normas y la imposición de límites a las conductas de los y las adolescentes.

Finalmente, Reboiras (2000), en las recomendaciones de su estudio sobre el pensamiento social y normativo del adolescente internado en instituciones de minoridad, destaca la importancia fundamental de la participación activa de todos los actores involucrados en el proceso socioeducativo del adolescente, no solo como expresión del ejercicio de un derecho, sino como garantía de la aplicación de los aprendizajes en el proceso de construcción de normas sociales, del respeto mutuo y de la importancia de la colectividad, como garantía del bien común.

De estas experiencias, podemos ratificar la importancia de la formación socioeducativa orientada por el desarrollo de los valores y la moral, prestando especial atención a la participación de los adultos significantes de los y las adolescentes y la conciencia que éstos deben tener de la importancia de su rol como mediadores del proceso de desarrollo de los y las adolescentes.

De allí, la importancia de desarrollar programas para las familias de los y las adolescentes sancionados penalmente, para que tomen conciencia de su responsabilidad y sobre todo para que ellas, las familias, participen de la sanción como una experiencia positiva, en tanto oportunidad para el desarrollo de todos sus miembros, y no solo del adolescente sancionado, generando así, desde este programa, nuevos espacios para el ejercicio de una ciudadanía conciente y responsable.

 

Preguntas  y Objetivos de la Investigación

 

 

            La gran interrogante que guía la presente investigación es la de Comprender cómo vivencian los y las adolescentes y sus familias el proceso sancionatorio, preguntándome sobre esa vivencia lo siguiente:

1.  ¿ Cómo se piensa y siente la ejecución de la sanción penal en los y las adolescentes y sus familias?

2.  ¿ Cómo son las relaciones familiares de los y las adolescentes sancionados penalmente?

3.  ¿ Cómo se incorpora el proceso judicial en la estructura de valores de los y las adolescentes y sus familias?

4.  Y finalmente ¿ Tiene la sanción penal de los y las adolescentes alguna incidencia en el desarrollo de la vida de los y las adolescentes y sus familias? Y si la tiene, ¿ cómo es esa incidencia?

Objetivos            

Considero que el objetivo general de esta investigación sería el siguiente:

Comprender la vivencia del proceso sancionatorio de los y las adolescentes y sus familiares, con la finalidad de obtener información que permita el desarrollo posterior de programas para el acompañamiento familiar de los y las adolescentes sancionados penalmente.

Los objetivos específicos serían:

  1. Comprender la vivencian del proceso sancionatorio, específicamente en la fase de ejecución, de los y las adolescentes sancionados penalmente y sus familiares.

2.  Conocer la vivencia de las relaciones familiares de los y las adolescentes sancionados penalmente y sus familias, en la fase de ejecución de la sanción penal.

3.  Comprender la incorporación del proceso judicial, en la estructura de valores de los y las adolescentes sancionados penalmente.

4.  Comprender la incidencia, de la sanción penal, en el desarrollo de vida de los y las adolescentes sancionados penalmente y de sus familias.

 

 

Aspectos Metodológicos

 

            Para alcanzar el logro de los objetivos de esta investigación se utilizará la metodología cualitativa con un diseño de estudio de casos múltiples, entendiendo que cada adolescente y su grupo familiar son un caso; creyendo que para poder llegar a conocer la vivencia de la sanción penal, debemos dedicarnos a la comprensión que sólo el detalle de la profundidad de los casos nos puede dar, más que el estudio colectivo.

            En este punto es importante resaltar que para este informe solo se trabajó con los adolescentes, quedando la familia como un segundo paso a seguir en el futuro.

La técnica a utilizada es la entrevista a profundidad, entendiendo a esta de acuerdo a la Definición de Taylor y Bogdan (1990) quienes señalan que esta técnica consiste en “reiterados encuentros cara a cara…dirigidos a la comprensión de las perspectivas que tienen los informantes respecto de sus vidas, experiencias, situaciones, tal y como lo expresan sus propias palabras.” (Taylor y Bogdan, 1990, pp.101).

Esta técnica, nos permite aprehender conocimientos y experiencias que no pueden ser observadas, ya que pertenecen al ámbito de la experiencia intima de cada sujeto, y que solo, a través de la palabra se puede dar cuenta de ella, así podremos acercarnos al cómo ven, sienten y piensan el mundo los protagonistas de la investigación, en este caso los adolescentes sancionados penalmente.

La selección de los participantes de esta investigación, llevó un proceso de revisión de los objetivos, de la accesibilidad, de la disposición de los mismos y de las necesidades y exigencias en el Sistema de Responsabilidad Penal y el Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes.

En primer lugar, partiendo de los objetivos de la investigación, pensé que sería mucho más rico el trabajar con las familias de los y las adolescentes que por las características de sus sanción tenían mucha más incidencia en el proceso de ejecución, para lo cual elaboré el siguiente cuadro, que me permitió discriminar la existencia de la convivencia familiar durante la sanción (permanencia) y el nivel de implicación y responsabilidad para lograr el cumplimiento de la misma (participación).

Cuadro de texto: Participación de la familiaCuadro de texto:  Baja       Media     Alta
 

 

 

 

 

 

 


Desde este primer enfoque, consideré que sería mejor trabajar con las familias de los y las adolescentes que tenían las sanciones de normas de conducta y trabajo comunitario, por cuanto la familia permanecía con los y las adolescentes durante todo el proceso sancionatorio y su responsabilidad en la misma es mucho mayor. Sin embargo, al tomar en cuenta los criterios de accesibilidad y disposición, me di cuenta de que estas sanciones prácticamente no se están ejecutando, y cuando se imponen y se ejecutan, no existe un programa que permita controlar dicha ejecución.

Así que la primera selección ideal, paso a la más real que fue entonces averiguar cuales sanciones se estaban ejecutando desde un programa institucional que me permitiera tener el acceso a los y las adolescentes y sus familiares, pero que a su vez me permitiera mantener la importancia de la participación de la familia en la ejecución de la sanción, por lo que pensé entonces, en las familias de los y las adolescentes sancionados con libertad asistida y semilibertad.

Pero, al aplicar el último criterio de las necesidades y políticas institucionales de los Sistemas Penal de Responsabilidad y de Protección Integral, me di cuenta que, la necesidad de atender a la población de adolescentes sancionados penalmente con privación de libertad es tal, que la mayoría de los recursos y políticas van dirigidas a fortalecer la ejecución de dicha sanción, por lo que fue necesario hacer una nueva revisión, ya que la finalidad de esta investigación es impulsar el diseño de programas de acompañamiento familiar con el objetivo de que sean financiados por el Fondo de Protección, y si las políticas institucionales se dirigen fundamentalmente a la privación de libertad, lo más sensato es que se trabaje con esta población.

Pero además existió otro factor determinante en la decisión, y fue la accesibilidad de los y las adolescentes y sus familiares. Al contactar el programa de libertad asistida, se constató que el mismo funciona dentro de innumerables carencias, lo que no garantiza la asistencia integral del adolescente y mucho menos el conocimiento real de su situación familiar, por lo que, el acceso a la familia de los mismos, implicaba una aproximación previa del adolescentes que acude a las oficinas del programa a firmar, y donde la familia ni siquiera es tomada en cuenta, lo que implicaba primero lograr el raport con el adolescente, y posteriormente conocer a la familia para ver si ésta estaba dispuesta a participar, lo que traía consigo innumerables riesgos, además de una inversión en tiempo muy elevada, lo que operativamente resultaba muy difícil, por cuanto se tiene un tiempo estipulado para el desarrollo de la investigación.

Así que después de este recorrido decidí trabajar con los y las adolescentes sancionados penalmente con la mediad de privación de libertad, ya que responde a las necesidades de los sistemas involucrados en el proceso de garantía de derechos de los y las adolescentes, cuenta con la accesibilidad de los y las adolescentes sancionados y aunque la participación de la familia y su permanencia con el adolescente es baja, sigue siendo de gran importancia para el logro del objetivo de la sanción y se corresponde con el principio de corresponsabilidad de las familias en el logro de todas las sanciones penales de los y las adolescentes.

Una de las características importantes de este grupo de adolescentes y familias seleccionados para la investigación, es que en el se puede encontrar una heterogeneidad que me dará información valiosa para lograr comprender  la vivencia de la sanción penal.

Esta heterogeneidad viene dada por las propias características de las familias que acompañan el proceso sancionatorio de los y las adolescentes, ya que tenemos las familias de donde provienen los y las adolescentes, pero también las familias que están formando estos adolescentes. Así mismo, el tipo de delito por el cual son sancionados, el genero, la reincidencia o no de la conducta delictual, son algunas de las características que me dará la heterogeneidad necesaria para la consistencia de la investigación.

Para la elaboración del presente informe, procedí a diseñar un guión de entrevista para los adolescentes, el cual se construyó durante el primer acercamiento a las dos instituciones en las que trabajé, el Centro de Diagnóstico y Tratamiento Carolina Uslar III, centro para la ejecución de la medida de privación de libertad de adolescentes masculinos, y el Centro de Diagnóstico y Tratamiento José Gregorio Hernández, centro para la ejecución de la medida de privación de libertad para adolescentes femeninos. Este guión de entrevistas,  aún no acabado, se utilizó en la entrevista con los dos primeros adolescentes y fueron emergiendo nuevos temas y áreas vinculadas a las preguntas de investigación, que me llevaron a ampliar el guión inicial.

La entrada al Centro Carolina Uslar III fue sumamente fácil, ya que el director sintió que el permitirme entrar al centro le ayudaría a consolidar un trabajo inicial que venía haciendo para hacer que los miembros del equipo técnico se involucraran más en la visión del adolescente sancionado como un joven lleno de enormes potencialidades y que debía ser tratado como un  igual a nosotros pero con oportunidades y tiempo de vida distintos. Esta visión, compartida por mi, hizo que la entrada al centro fuera muy agradable y muy bien recibida por todos, adolescentes y equipos técnico.

En el Centro José Gregorio Hernández, no fue nada parecido, la directora, en los primeros siete intentos de ir al centro no se encontró, lo que retraso mucho la planificación según mi tiempo. Posteriormente, cuando finalmente la ubiqué, no se mostró muy complacida, señalando que con esas jóvenes el trabajo no era fácil y queriendo hacerme observaciones constantes sobre la metodología, el abordaje, colocando una barrera importante para entrar al centro. Sin embargo, la secretaria de la institución logró hacer un buen raport conmigo, lo que me permitió acceder a una de las maestras guías, quien ha fungido como canal de comunicación con el interior de la institución, a la que nunca me han permitido acceder, entrevistando a las jóvenes desde una oficina que se encuentra en la entrada del centro, destinada para las entrevistas con el defensor público de éstas.

En el Carolina Uslar III, no sólo me permitieron entrar al centro, si no que me hicieron un recorrido por el mismo y me abrieron todos los salones y aulas que se han utilizado para hacer las entrevistas, de forma tal que no interrumpa las actividades que se desarrollan en el mismo.

En el Carolina Uslar III, el director conversó con los adolescentes y le pidió a uno de ellos que conversara conmigo, para ver si quería colaborar con mi proyecto de investigación, el joven prefirió hacerlo con otro compañero, viéndome forzada a realizar la entrevista con los dos jóvenes.

En el José Gregorio Hernández, la directora llamo a las jóvenes que quisieron salir del cuarto y yo les expliqué mi trabajo y lo que necesitaba de ellas, las muchachas me pidieron pensarlo y una semana después, tres de ellas conversaron conmigo, pero hubo dos que me dijeron que querían estar juntas en la entrevista, por lo que también tuve que entrevistarlas juntas.

Las entrevistas, previa autorización de los y las adolescentes, se grabaron en cintas magnetofónicas, para su posterior trascripción. Una vez trascritas, se procedió a su lectura reiterada, extrayendo de las mismas aquellas unidades de información que podían ser utilizadas como información relevante para la respuesta a las preguntas de investigación, efectuando un ejercicio de agrupación y reagrupación constante, hasta lograr unas categorías finales que son las que se describen en el análisis.

El análisis de los datos se efectuó a través del método de las comparaciones constantes, en el que se codifica y analiza de forma simultánea, lo que permite el desarrollo de unidades conceptuales para el desarrollo de una teoría. (Taylor y Bogdan, 1990)

Este método, permite construir teorías sobre la vivencia familiar de la sanción penal, partiendo del conocimiento de sus protagonistas, haciendo posible establecer relaciones internas, identificar temas o unidades de información que se constituirán en los nudos de desarrollo teórico sobre la experiencia de la sanción penal y su vinculación con la familia.

Análisis

 

Para este análisis trabajé con cuatro entrevistas, dos hechas a Jean Pier y dos hechas a Jenny.Jean Pier, es un joven de 19 años que está sancionado penalmente con privación de libertad por homicidio. Su sanción es de tres años y cuatro meses, sin embargo, tras pasar un tiempo se fugó del centro, entregándose por segunda vez, cumpliendo un año y cinco meses hasta que le modificaron la sanción por una en libertad como lo es la libertad asistida, sin embargo, por procedimientos legales, después de que estuvo en la calle, estudiando y trabajando, es reingresado nuevamente al centro, en donde se encuentra actualmente. Jean Pier pertenecía a una banda de su comunidad, es el mayor de tres hermanos, además de ser el único varón, vive con su mamá, su papá y sus dos hermanas. Tiene una hija de 5 años.

Jenny, es una adolescente de 17 años que es sancionada penalmente con privación de libertad por homicidio. Su sanción es de dos años y ocho meses. Lleva cumplidos doce meses, y espera que pronto le revisen la medida y le den una en libertad. Perteneció a bandas y ejerció la prostitución libre y ocasionalmente (es decir no tenía un “chulo” que le consiguiera clientes y la administrara, era una actividad ocasional y que se hacía por cuenta propia). Es la tercera de cuatro hermanas, todas hembras. Antes de llegar a la institución vivía en hoteles, manteniendo contacto fundamentalmente con su hermana mayor (la primera hija). Su padre falleció hace 4 años.

De las conversaciones con ellos dos, pude identificar varios aspectos que se relacionaban entre si, por ejemplo la forma de ver a la familia es diferente a partir del momento en que son privados de libertad, esta nueva visión está vinculada con la vivencia de nuevos sentimientos con relación a los miembros de su familia, resaltando la situación de ser hermano, así mismo, esta nueva vivencia está marcada por el significado de la amistad, en donde pareciera darse un descubrimiento, la familia es mi única amistad.

La familia es mi única amistad

La familia es descubierta como un espacio de mucho afecto y de gran importancia para su proceso sancionatorio, pero también para su proceso futuro, se encuentran con una familia que es necesaria para “…verlos, y que nos apoyen…” (JP, E2, P12, pp.3).

“…uno habla con la mamá de uno y como un desahogo, es como un desahogo y se hace como más, la relación de más confianza, claro porque yo ahora hablo con mi mamá…”(JP, E2, P13, pp.3)

Este descubrimiento viene también por la valoración de la familia como grupo de referencia afectivo:

“…yo le doy mucha importancia a mi familia, bueno, anteriormente casi no le daba importancia, aaayyyy si, que fastidio, me dicen casi todos los días lo mismo, pero ahora pienso que vale mucho, por lo menos la mamá, los hermanos, prácticamente esa es la familia de uno…” (J, E2, P13, pp.5)

“…incluso yo le empecé a dar importancia desde el 31 de diciembre, que la pasé aquí encerrada, fue cuando me di cuenta que cónchale, está con su familia es lo más bonito que existe en este mundo…” (J, E2, P13, pp.5)

“…la familia de uno, o sea, yo no quisiera está, porque prácticamente mi familia es quien me da apoyo y me da consejo, y están conmigo y es la que me quiere, es la que en las cosas malas puede estar conmigo, y por eso es que le doy mucha importancia a mi familia…” (J, E2, P13, pp.6)

Y su familia es además, su única amistad, pues se descubre que los compañeros de las bandas, de los grupos con los que andaban no son sus amigos por dos razones, son capaces de traicionarlos, pero además no los acompañan en las malas situaciones, definiendo así a la amistad como aquélla acción de estar incondicionalmente cerca de ellos, señalando que:

“…mis amigos es mi mamá, esa es mi amiga, que es la que nunca que yo veo aquí todo el año, los amigos son en las buenas y en las malas y yo nunca he visto ningún amigo mío por aquí, ningún  compañeros…” (JP, E1, P37, pp.7)

“…ni mi papá, porque mi papá no me viene a visitá, ese tampoco es amigo mío nada tampoco…” (JP, E1, P37, pp.7)

“…por lo menos mi hermana es mi mejor amiga, porque a parte de todo lo que yo le he hecho, porque yo la hice sufrir bastante, me pasa algo, bueno, yo tuve un accidente y ella estuvo ahí, y no fueron ninguno de mis panas, bueno solamente la muchacha que te estaba hablando (quien la delató) , la vi a ella, pero vi a mi hermana, este, en el momento en que yo me iba de la casa, y me iba cinco meses sin ir para la casa, ella me buscaba en hotel en hotel me buscaba y me conseguía…” (J, E2, P15, pp.6)

Esta familia como única amiga, está además relacionada con otros descubrimientos dentro del grupo familiar que están ligados a los roles de ser hijos, hermanos, y que son vividos con más intensidad desde el momento de la sanción:

“…yo por lo menos peleaba con mi hermana y con mi hermanita y ella me decía que la ayudara a hacer una tarea y que va, ni pendiente, y ahora coño, nojoda mi hermanita me manda a decir que la ayude a hacer la tarea y me siento bien, y yo hablo de mi hermana y mira (me enseña que se le pone la piel de gallina)…” (JP, E1, P40, pp.8)

“…mi hermana siento que ahora me ve más como un niña, anteriormente si me veía así como una mujer, ahora me ve más como una niña, como que a mi hermanita la tengo que cuidar más…” (J, E2, P30, pp.12)

“…bueno en parte, ¡en parte! si, en parte este, bueno mi hermana, me lo, mi hermana siempre siento que me ha visto normal, pero hay algo que uno ve que como lo ve raro como que, cónchale este, está robando, mi hermana está robando, mi hermana es una ladrona, mi hermana le quita el sueldo a las demás personas, que cónchale que se han sudado para ganarse su plata y mi hermana se lo está quitando, y es como la cosa de que, cónchale ella roba ( y cambia el tono de voz, a más bajito y con dejadez, tratando de simular tristeza), pero no me lo ice (aquí sube la voz y la mirada), y mi mamá era que me veía así como que, como que si yo fuera una amiguita de ella, o sea, como que ella me conoció de chiquita y me veía así en el momento que yo agarré la calle, y ahora me ve como su hija, porque mi mamá a pesar de todo, aquí adentro ha cambiado muchíiiiisimo conmigo…” (J, E2, P30, pp. 11-12)

Este descubrimiento está relacionado con los efectos de la sanción en la percepción de ellos como  miembros de su familia y de sus roles en ella, siendo la familia un espacio ajeno a su conducta delictual, en nada responsable de las decisiones tomadas por estos adolescentes, en todo caso, ellos han sido defraudadores de las expectativas y deseos que tenían en su familia para con ellos:

“…la mamá no esperan eso de sus hijos, ellas esperan es que los hijos estudien y que trabajen y sean gente normal, pero entonces nosotros.................. queríamos se diferentes, yo no quería se igual a las demás personas, yo no quería se igual a las demás personas, pero entonces por buscá de se diferente, de llevale la contraria a la gente, ahora estoy encerrado…” (JP, E1, P20, pp.4)

“…que todavía tenemos sentimiento, la gente cree que uno no tiene sentimiento, porque uno hace algo, pero, igual tenemos sentimientos y nosotros todavía..... yo por ejemplo tengo a mi mamá y soy el único varón de mi mamá y yo quiero que mi mamá vea que yo también sirvo…” (JP, E1, P31, pp.6)

“…ella se debe sentir mal, porque a lo mejor ella pensaba, coño es mi único hijo, el mayor y como yo estudiaba, entonce ella pensaría, no mi hijo, desilusionada, claro, porque ella a lo mejor pensaba que yo iba a estudiar y ya ha esta edad que yo tengo ella pensaba que yo iba a estar en una universidad…” (JP, E1, P32, pp.7)

“…no pienso que lo que yo he pasado es por mi familia, en parte, pero en parte pienso que porque yo era, como te expliqué, yo era una muchacha que, cuando estaba mi papá me tenían así como muy presionada, y yo que si quería salir aunque sea al parque y no me dejaban, entonces cuando se murió mi papá yo prácticamente empecé a agarrar la calle, porque yo prácticamente yo me sentía mal y yo quería matar a las personas que mataron a mi papá…” (J, E2, P10, pp.4)

Es así como la familia es un espacio necesario para lograr el desarrollo de su ejecución en condiciones favorables, siendo vivida como un espacio al que ellos de alguna manera traicionaron y que ahora, redescubierta y entendida como la única amistad, es revalorada y colocada en un lugar privilegiado de sus afectos, siendo muy importante para el logro del objetivo de la sanción penal.

“…la familia es importante para lograr cambios en ti y para lograr el crecimiento…” (J, E2, P31, pp.12)

Este descubrimiento de la familia, lleva consigo también una reflexión de lo que son, de lo que desean ser y de cómo están vinculados con los demás, sea su familia o sean los otros, de esta manera, empiezan a describirse y construirse su yo soy.

Yo soy

Yo era, yo pensaba, yo quería, yo soy, yo pienso y yo quiero ser... son dimensiones que construyen estos adolescentes a partir de la experiencia penal, en donde se describen en el pasado, en el presente y en el futuro. Se refieren a si mismos en tanto relacionados con los otros, la familia o sociedad:

“…yo no veía que me daba nada de nada bueno, puro encierro, puro está huyendo y escondiéndome de la gente y yo no soy así, yo no sirvo para está escondiéndome de la gente, ni pa coño, esta huyéndole a nadie…” (JP, E1, P5, pp. 2)

“…y entonce yo también, no es que quiero se como ellos, sino que también quiero tener la misma libertad, yo quiero tener la misma libertad de podé hace...... lo correcto pues, lo que es bueno...............(sonrisas entre los tres)” (JP, E1, P11, pp.3)

“…yo no pensaba esto hace  tres años atrás, yo no pensaba que yo iba a queré estudia, iba queré trabajá, a portame bien,…” (JP, E1, P12, pp.3)

            “…yo soy el único varón de mi mamá.”(JP, E1, P17, pp.4)

            “…yo no quería se igual a las demás personas, yo no quería se igual a las demás personas, pero entonces por buscá de se diferente, de llevale la contraria a la gente, ahora estoy encerrado,…”(JP, E1, P20, pp.4)

            Estas afirmaciones señalan a un joven que se reconoce a si mismo en una búsqueda de identidad, en donde las acciones le dieron la razón en tanto fue diferente, pero esa diferencia le marcó ciertas limitaciones y exclusioes, por lo que,  la nueva identidad está buscando rescatar lo que sí es común a los que los rechazan:

“…la gente cree que uno no tiene sentimiento, porque uno hace algo, pero, igual tenemos sentimientos y nosotros todavía..... yo por ejemplo tengo a mi mamá y soy el único varón de mi mamá y yo quiero que mi mamá vea que yo también sirvo…” (JP, E1, P31, pp. 6)

“…yo horita no quiero que me maten, nooo, yo quiero es viví,…”(JP, E2, P32, pp. 6)

“…demostrándole que yo si puedo hacer las cosas diferente…”(JP, E2, P51, pp.10)

Un factor importante es el hecho de ser capaz de transformarse, de pasar a formar parte de lo que se espera de ellos, y es esta también una forma de recuperar esa familia revalorizada desde la sanción penal.

Identificarse significa también, reconocerse imperfecto, pero transformable:

“…me gustaban los reales fácil,…”(J, E1, P15, pp. 3)

“…porque yo sé que yo fallé, y como yo fallé, me merezco la sanción.…”(J, E1, P22, pp.4)

“…yo era una persona que no valorizaba a las personas…”(J, E1, P24, pp. 4)

“…quiero seguir estudiando y bueno, trabajar, aunque yo se que se me va hacer duro…”(J, E1, P26, pp.5)

“…creo que me valorizo más, que me quiero como persona…”(J, E1, P27, pp.5)

“…yo siempre he sido un muchacha que siempre me ha gustado la disciplina, a parte de que soy mala conducta, y soy rebelde, pero siempre me ha parecido la justicia…”(J, E2, P22, pp.8)

En este sentido, encontramos que es Jean Pier el que se describe con más detalle y el que se dimensiona a futuro, mientras que Jenny, se describe desde el pasado y se construye tímidamente en el futuro ¿una posible diferencia de género?.

Pero, esta construcción de la identidad de estos adolescentes, vinculada a las exclusiones, inventadas o justificadas, porque el deseo de ser diferentes, puede ser una consecuencia de sentirse desde el inicio fuera del grupo, o por el contrario, puede ser un deseo genuino de diferenciarse de los otros, los más comunes. Estas reflexiones los lleva a considerarse en este momento, en el medio de dos “equipos” sociales, uno al que pertenecieron pero ya no quieren pertenecer y otro al que no pertenecen, pero aspiran pertenecer, esos equipos son: el de nosotros los malandros, los indeseados (al que ya no queremos pertenecer) y el de los otros, la sociedad (al que esperamos poder pertenecer).

Los otros (la sociedad)

Los otros, se caracterizan fundamentalmente por el rechazo, el desprecio y la negación a la posibilidad de poder cambiar de estos jóvenes, son causa y consecuencia de sus actos, pero, a la vez, son quienes podrían ayudarlos a jugar de ese lado de los equipos, es así como en primer lugar encontramos a los otros como los que los rechazan, no les creen y no son capaces de creer en las posibilidades, ahora recién descubiertas para ellos, de ser igual a ellos (los otros):

“…ellos saben porqué lo hice pero entonce que pasa, eeeeh, esa persona es un policía, ve, entonces ellos nunca van a decir que un funcionario iba a hacer algo, algo ilegal y ellos saben que el estaba haciendo algo, cosas malas, ellos saben que estaba haciendo cosas malas y..... pero matamos a una persona, y creo que está bien la sanción que nos pusieron, es mejor está como todas las personas normales…”(JP, E1, P11, pp.3)

“…ellos piensan que nosotros somos unos mostros, nooo. nosotros no somos ningunos mostros, tienen esa idea de uno, que uno es peligroso.”(JP, E1, P24, pp.5)

“…El se estaba defendiendo igual que nosotros, pero lo que pasa es que ha nosotros nos discriminan y nos tienen como los malandros, como lo que no sirve y bien, eso es así.”(JP, E1, P28, pp.6)

“…porque uno no estudia, ni trabaja, ni hace nada por la sociedad, sino que uno anda es sobreviviendo, uno sobrevive también, porque usted sabe que en el mundo en el que nosotros estamos eso es, eso es feo,…” (JP, E1, P29, pp.6)

“…a nosotros no nos creen, a nosotros no nos creen lo que nosotros decimos, ese es lo que ellos, la manera en que ellos trabajan, o sea, al menor no hay que creerle, a nosotros no tienen que creernos, sino a la las personas adultas como ellos lo llaman.” (JP, E1, P45, pp.9)

“…dicen no esos tienen que está presos, esos delincuentes tienen que matalos, claro, así piensan las personas, pero cuando uno hace lo que todos hacen, lo que hacen todos, este, si ven a uno como del lado de ellos, ve, tiene ven a uno .... como, como de su, como del equipo de ellos, claro.” (JP, E2, P19, pp.4)

“…y es que cuando a uno lo tratan mal, uno lo hace más, por eso como si a mi me veían mal, me veían feo, me sentía mal y lo que me llevó a hacer eso es robar y robar para tener para que no me vean feo, y eso tiene que ver con la forma en que nos tratan, pero también tiene que ver con la autoestima baja…” (JP, E2, P27, pp.11)

“…pero hay personas que no se tienen que enterá cosas de mi, de lo que uno ha hecho, porque, no cuadra, nos van a rechaza y no cuadra que uno quiera hacer algo bueno y entonces rechazan a uno y ahí es cuando uno hace, o sea, le da como............como la rabia…” (JP, E1, P28, pp.5)

Y es que, ser percibidos así para ellos no es nuevo, lo nuevo es descubrir que en realidad todos somos iguales y esto marca una diferencia importante para poder pensar que se puede llegar a ser del mismo equipo de ellos, los otros:

“…claro, los policías después también mataron a Leo también, los policías mataron a Leo y a Leo no lo pagan porque Leo es malandro,  y a Leo no lo pagan, pero Leo también es una vida igual que la de ellos, Leo también es una vida y ¿quién paga a Leo?............................. y ahí es donde está la rabia, ¿quién paga a Leo?......... ¿quién paga a ríquiti? Nadie lo paga, y porque ellos son policías, ¿ellos tienen qué? ¿permiso pa matá a las personas?,…” (JP, E2, P47, pp.9)

“…que todos paguen, iguales, somos iguales, aquí se ve la igualdad, somos iguales, o si no somos, y esa es la diferencia…” (JP, E2, P48, pp.9)

“…yo por esa parte lo viví en un tiempo y me sentí así muy destrozada y quise tener plata para que los demás no me vieran así y por eso fue que luché por tener plata y comprarme ropa y comprarme mi moto y tener mil cosas para que los demás no me vieran así y quise ver a los demás así (y hace un gesto como mirando por encima del hombro), pero me di cuenta que el que ve así es que no tiene corazón, inclusive aquí adentro lo viví también con un licenciada porque me decía esta palabra, ubícate, tu no te puedes compará como yo, yo tengo título, y me molestaba porque de repente ella lo tiene ahorita, pero ella no sabe si en el futuro en los años yo puedo tener un título, y pueda ser hasta mejor que ella, entonces eso me molestaba, y no me parece justo que las personas vean a las demás como que tu eres menos que yo porque nadie en esta vida es menos que nadie, de repente tu tienes un título y yo no, pero somos seres humanos y somos iguales.” (J, E2, P24, pp.9-10)

Y esta idea de igualdad, permite identificar en los otros, aliados que les facilitan la incorporación a su equipo:

“…la señora de donde yo estaba trabajando, así la señora conciente, ha sido conciente y ha buscado dame la ayuda porque ella ha visto que no estoy perdido del todo, que, que yo puedo da cosas buenas también, que no todo lo que uno hace lo hace malo, sino que puedo hacé algo bueno…”(JP, E1, P28, pp.5)

Nosotros, en tanto no otros, estamos marcados por situaciones que justifican esa diferencia, por ejemplo cuando Jean Pier me señala que “…así es el ser humano, a usted le hacen algo y a usted le da rabia, y quizá no busque la manera de vengase por lo que le han enseñado, pero ahí en donde uno aprende, uno aprende es ah me hiciste y te hago, te metiste conmigo, me meto contigo, me pegaste y te pego, eso es así.” (JP, E1, P29, pp.6), de alguna manera está explicando el porqué pertenecemos a grupos distintos, aunque definitivamente podemos llegar a ser del mismo “bando”.

Y es que podemos formar parte del mismo “bando”, porque la sanción penal se ha convertido en una verdadera oportunidad, y a pesar de las deficiencias del sistema penal, ellos, Jean Pier y Jenny, han encontrado en la sanción penal una verdadera oportunidad, por lo que le asignan un significado y una función a la sanción.

La función de la sanción

La sanción, ha sido  para estos dos adolescentes una verdadera oportunidad, que aunque castigo merecido, se ha convertido en la posibilidad de ser uno más de la sociedad, la sanción es la posibilidad que les ha servido para darse cuenta de muchas cosas que antes no las percibían, desde el sentido de la vida, la familia y las posibilidades de hacer cosas buenas por los demás.

Es así como señalan que la sanción ha servido porque:

“…de eso nos ha servido está aquí, hemos tomado conciencia que no teníamos, yo no pensaba esto hace  tres años atrás, yo no pensaba que yo iba a queré estudia, iba queré trabajá…” (JP, E1, P12, pp.3)

“…para no pasá más por esto…” (JP, E1, P13, pp.3)

“…yo horita no quiero que me maten, nooo, yo quiero es viví, porque aquí, aquí es donde uno se da cuenta de eso,…” (JP, E2, P32, pp.6)

“…se da cuenta que nojoda, para eso hay que hacé muchas cosas, distintas a las que uno hace.…” (JP, E2, P32, pp.6)

“…fue bueno, o sea a mi me parece que fue bueno, como yo, yo me siento bien con mi medida, porque, si no imagínate, si no me hubieran puesta medida, me fueran detenido, me fueran este, me mandaban para el tribunal y me tengo que presentá, y la próxima vez que venga y pase lo mismo, lo voy a matar otra vez, porque yo sé que no me van a hacer nada, y no me puedo dar cuenta lo importante que vale la vida, o sea, pienso que, o sea la muerte porque tu vida no vale nada, y la mía sí, y pienso que desde ese momento que me sucedió mi problema, yo he cambiado muchísimo y he supido valorarme yo y he sabido valorar a las personas.” (J, E2, P23, pp.9)

La sanción se convierte en un espacio que les ha permitido valorizar sus relaciones con los otros de una forma distinta, en las palabras de Jenny, la sanción le ha permitido cambiar“…en mi manera de pensar, en la manera de valorizar a las personas, en muchas cosas, yo era una persona que no valorizaba a las personas…” (J, E1, P24, pp.4)

Pero también la sanción penal tiene una función de castigar, de hacer que las cosas malas se paguen, a pesar de que no sea comparable con quitarle la vida a alguien:

“…uno tiene que pagá por eso, por uno quitale la vida a una persona y ahí es donde estoy que está bien que, porque uno no tiene porqué hacé eso, porque a mi no me gustaría que a mi me pasara eso, porque entonces depués ya no, yo no se que pasa después de que uno se muere, entonces, uno no es quien para decir que uno se muere y uno va a hacer otra cosa, eso es mentira, no entonces es mejor seguí viviendo…”(JP, E2, P40, pp.7-8)

“…me parece que está bien, porque dos años y ocho meses, pagas tus dos años y ocho meses y qué con el muerto? Ya él está muerto, no lo puedes revivir, y me parece que, a mi me parece bien mi sanción, a pesar de que uno sufre…” (J, E1, P22, pp.4)

“…me parece bien la sanción, porque si yo fuera mayor no fueran dos años y ocho meses, fueran 15 años 20 años…” (J, E1, P22, pp.4)

“…porque yo sé que yo fallé, y como yo fallé, me merezco la sanción…” (J, E1, P22, pp.4)

Sin embargo, la sanción no tiene la misma función para todos los y las adolescentes que cometen delitos, porque  todos “…no ven el lado positivo, de repente no piensan que la vida me está dando una oportunidad, no piensan todo lo que ha pasado por la vida, todo lo que han sufrido, todo lo que ha robado, todo lo que ha hecho sufrir a las demás personas y de repente hay muchas personas que no lo saben valorar…” (J, E2, P25, pp.10).

Y esta diferencia en la forma de aprovechar la sanción por los adolescentes está muy relacionada con el trato que les dan dentro de la sanción y con el papel que deben jugar los adultos mediadores de la misma, siendo buena en ocasiones y no tan buena en otras:

“…creen en nosotros y creen en el cambio de nosotros., yo con las personas de aquí he aprendido a pensar, no todas, pero si, son muy importantes, porque te  imaginas que mira tu, presa, la presa de cuarto uno, o sea, eso no, uno se sintiera muy mal, que tengo que hacer prácticamente matar con la que venga y entonces, no, esto prácticamente fuera como un INOF…” (J, E2, P26, pp.10)

“…pero yo creo que si esta gente de aquí trabajara como tiene que trabajar a los menores, mira fueran muchos los menores que buscaran un, el camino que es, buscaran el camino que es…” (JP, E1, P44, pp.9)

“…personas que de verdad quieran ayuda a uno, a los que más están con uno, a los maestros, que más están con uno, que no sean así como uno pues, porque a veces son como uno también y hacen lo mismo que uno, pero entonces, tan.... son los maestros y no cuadra…” (JP, E2, P54, pp.10)

Es así como la sanción tiene un función en tanto oportunidad para pensar y reflexionar sobre las propias conductas de los adolescentes, sin embargo, las relaciones que se dan dentro de la ejecución de la misma con los adultos, juega un papel importante para que la sanción cumpla verdaderamente su función socializadora.

De esta manera, la vivencia de la sanción por parte de Jenny y Jean Pier, está muy relacionada con los descubrimientos en torno a su propia identidad y de ésta en tanto miembro de una familia que tiene expectativas y deseos sobre ellos; pero además la sanción les permite colocar en palabras las diferencias entre lo que ellos eran y lo que desean ser, miembro de una sociedad que les permita tener “la misma libertad de poder hacer lo correcto” (JP, E1, P11, pp.3).

 

Conclusiones

 

De las entrevistas con Jean Pier y con Jenny, se puede señalar que la sanción penal para los adolescentes es definitivamente una oportunidad positiva para lograr en ellos profundos cambios en su pensar, e incluso en su actuar, por cuanto significa para ellos una parada obligatoria de la sobrevivencia cotidiana y un ejercicio reflexivo vinculado a las relaciones familiares que se dan en este momento de aislamiento social (privación de libertad).

La familia, es redescubierta como un espacio de total solidaridad y acompañamiento, pero también es descubierta como el lugar en donde ellos pueden hacer posible las expectativas de sus padres.

La familia en la sanción, un espejo de muchas caras que permite verse y reconocerse en él, jugando posiciones y roles distintos pero que están muy cargados de emotividad y por tanto, pueden llegar a ser verdaderos eslabones en la construcción de una ciudadanía más responsables, desde la propia familia.

Así mismo, la sanción es una oportunidad de reconciliarse con una sociedad que los ha rechazado, rechazo que está en algunos casos vinculado con sus acciones delictuales, pero que también tiene que ver con condiciones de desigualdad y exclusión que responde más bien a los sistemas más alejados, es decir las relaciones de poder de una sociedad, los valores y los sistemas de justicia social.

Las dimensiones de la experiencia de vida de estos adolescentes son tan ricas, que sólo a través de un acercamiento a su propia vivencia desde su relato original, es que podemos comprender lo que es ser un adolescente delincuente y lo que verdaderamente necesitan para poder jugar en este lado del equipo social.

Este trabajo es sin duda, un análisis preliminar, y como metodología cualitativa con características de emergente, las experiencias con cada adolescente y posteriormente con cada lectura de sus relatos hace posible enriquecer y profundizar cada segundo en estas dimensiones del ser de estos adolescentes.

Lograr acceder a su subjetividad no es tarea fácil, es común que se defiendan de los extraños y una primera forma de probarnos a los del equipo contrario, es trabajando con defensa y atacador, es decir, con la entrevistadora nunca se está solo, hasta que consideren que puede ser uno de esos que en verdad los quiere ayudar, se trata de una prueba que necesariamente debemos pasar... pero al lograrlo, nos encontramos con una dimensión tan cargada de afectos, de temores y de posibilidades que resulta como la mirada a un calidoscopio... difícil de traducir en palabras.

Finalmente, podemos decir sin miedo a equivocarnos, que la familia juega un papel de vital importancia en la ejecución de las medidas del sistema penal de responsabilidad del adolescente, por cuanto es un espacio de desarrollo preferente para estos adolescentes, lo que nos obliga a pensar y repensar los modelos de atención para los  y las adolescentes sancionados penalmente, desde esta mirada de sus propios protagonistas.

La familia, su familia, es la oportunidad para demostrar que ellos (los adolescentes sancionados) si son gente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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[1] Nombres artificiales para resguardar su identidad.