ORGANISMO
ESPECIALIZADO DE LA OEA REUNION
EXTRAORDINARIA 17
al 18 de noviembre de 2003 |
CD/RES.
04 (E / 03) FONDOS PATRIMONIALES
DEL IIN [1] EL CONSEJO DIRECTIVO, VISTOS: El informe relativo a los fondos patrimoniales del IIN y la propuesta de utilización de los mismos presentados por el Director General en ocasión de la 78ª Reunión del Consejo Directivo celebrada en Santiago de Chile en junio de 2003. CONSIDERANDO: Las
opiniones vertidas por los señores Delegados en el sentido de preservar
todo lo que sea posible los fondos patrimoniales del IIN y reservar su
utilización en aquellas obras que impliquen altos niveles de inversión. La
opinión presentada por el Asesor Legal de la Organización de los Estados
Americanos (OEA) respecto a que no existen impedimentos legales para que
la Dirección General utilice con la venia del Consejo Directivo, parte de
los fondos patrimoniales en beneficio del mejoramiento edilicio y de
infraestructura general de la sede del IIN en Montevideo. RESUELVE:
1.
Dividir el fondo patrimonial en dos subfondos: el subfondo para el
mantenimiento de la sede del IIN con el 30% de los activos actualmente
existentes y el subfondo básico patrimonial con el 70%
restante. 2.
Autorizar a la Dirección General del IIN a la utilización del subfondo
para el mantenimiento de la sede, para mejoras urgentes de la planta física
de la sede y solicitar a la Dirección General del IIN que rinda informes
semestrales a los Estados Miembros sobre dicha utilización. Antes de
comenzar las mejoras, la Dirección General del IIN consultará a la
Presidencia del Consejo Directivo e informará a los Estados Miembros
sobre su alcance. 3.
Solicitar a la Dirección General del IIN que realice las gestiones
pertinentes ante la Secretaría General para la inversión del subfondo básico
patrimonial en instrumentos de inversión a largo plazo, con el objeto de
preservar capital y, a la vez, generar un retorno compatible con los
retornos de largo plazo, como los realizados por el Fondo de Jubilaciones
de la OEA, el Fondo Rowe y otros fondos de similares características que
gestiona la Organización. 4.
Establecer que el fondo básico patrimonial queda invertido y que sus
intereses no serán utilizados por un período de diez años, después de
los cuales el Consejo Directivo podrá considerar las opciones para su
disposición o reinversión del mismo. Sin embargo, el Consejo Directivo
podrá autorizar el uso de estos fondos para satisfacer gastos
imprescindibles que surjan como resultado de situaciones imprevistas o de
emergencia. 5. Instruir al Director General para que informe semestralmente al Consejo Directivo sobre el estado de las inversiones del fondo básico patrimonial, a fin de permitir la evaluación de las mismas en virtud de sus objetivos. [1] -
2
votos por la afirmativa, recabados a distancia: Guyana y Brasil.
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