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El texto del Compromiso
Global de Yokohama 2001 fue negociado entre los gobiernos y adoptado por
consenso, aunque varias delegaciones decidieron agregarle Notas
Explanatorias. Así lo hicieron la Unión Europea, los Estados Unidos, la
India, Irán y el grupo de Estados Árabes y Africanos. Aunque estas
adiciones desarrollan ciertos puntos de vista peculiares a países o
regiones, todos ellos endorsan el Compromiso de Yokohama. Publicamos aquí
el documento así como referencias a documentos anexados provenientes de
consultaciones regionales y de la Declaración y Plan de Acción de
Estocolmo.
Compromiso Global de
Yokohama 2001
I. Nuestro seguimiento:
- Nosotros, representantes de gobiernos,
de organizaciones inter-gubernamentales y no- gubernamentales, del
sector privado y miembros de la sociedad civil de todo el mundo, nos
hemos reunido en Yokohama, Japón, para el Segundo Congreso Mundial
contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños (17-20 de
Diciembre 2001) ("El Congreso de Yokohama"). A cinco años
del Primer Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de
los Niños que tuvo lugar en Estocolmo, Suecia, en 1996, hemos hecho
una revisión de la evolución ocurrida para continuar el proceso de
seguimiento y fortalecer nuestra determinación de proteger a los
niños de la explotación sexual y del abuso sexual.
- Reafirmamos, como nuestra meta más
importante, la protección y promoción de los intereses y derechos
del niño contra toda forma de explotación sexual y damos la
bienvenida a las siguientes iniciativas que están teniendo lugar en
varios países a partir del Primer Congreso Mundial:
- El énfasis dado últimamente a los
derechos del niño y la demanda de una implementación más efectiva
de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de los
Estados Miembros, para crear una sociedad donde los niños puedan
gozar de sus derechos;
- La movilización creciente por parte de
gobiernos, autoridades locales, sectores no gubernamentales y aún la
comunidad internacional para promover y proteger los derechos del
niño y para permitir a los niños y a sus familias controlar y
asegurar su futuro;
- La adopción de medidas multifacéticas
e interdisciplinarias que incluyen decisiones, leyes, programas,
mecanismos, recursos y promoción de los derechos del niño para
asegurarse que los niños puedan crecer en un ambiente de seguridad y
de dignidad;
- Toma de medidas serias contra la
prostitución infantil, la pornografía infantil y el tráfico de
niños con motivos sexuales. Esto incluye agendas nacionales e
internacionales, estrategias o planes de acción para proteger a los
niños de la explotación sexual y nuevas leyes que criminalicen este
tipo de explotación, incluyendo cláusulas con efecto
extra-territorial;
- La promoción de medidas más eficientes
para aplicar y hacer respetar las políticas, leyes y programas
sensitivos al género destinados a prevenir y combatir el fenómeno de
la explotación sexual de niños, incluyendo campañas de
concientización, mejor acceso de los niños al sistema educativo,
medidas sociales para ayudar a niños y familias a salir de la
pobreza, acciones contra el crimen y contra la demanda de niños para
la explotación sexual y juicio a quienes explotan a los niños;
- La implementación de servicios
especiales para niños tales como líneas de ayuda telefónica,
refugios y prácticas judiciales y administrativas destinadas a
prevenir la violación de los derechos del niño y proveer remedios
efectivos;
- La participación masiva y sistemática
del sector privado, como organizaciones de trabajadores y
organizaciones patronales, miembros de la industria del turismo y de
la comunicación, incluyendo proveedores de servicios de Internet y
otras organizaciones, en promover la protección de los niños,
incluyendo la adopción e incorporación de políticas corporativas y
códigos de conducta para la protección de los niños contra la
explotación sexual;
- La participación mayor de niños y
jóvenes en la promoción y protección de sus propios derechos,
especialmente a través de redes y foros juveniles y la participación
de jóvenes como asesores y consejeros de otros jóvenes;
- La implementación de medidas
internacionales y regionales para proteger a niños contra la
explotación sexual a través de instrumentos como el Protocolo para
Prevenir, Suprimir y Castigar el Tráfico de Personas, sobre todo
Mujeres y Niños, suplemento de la Convención de las Naciones Unidas
contra el Crimen Transnacional Organizado (2000) y la Convención
sobre Crímenes Cibernéticos (2001). También es de notar las
cláusulas pertinentes del Estatuto de Roma de la Corte Criminal
Internacional (1998);
- La aplicación del Convenio No 182 de la
Organización Internacional de Trabajadores (OIT) sobre la
Prohibición y Acción Inmediata para la Eliminación de las Peores
Formas de Trabajo Infantil (complementada por la Recomendación No 190
de la OIT) del 19 de Noviembre del 2000, y el Protocolo Opcional a la
Convención sobre los Derechos del Niño, la Venta de Niños, la
Prostitución Infantil y la Pornografía Infantil del 18 de Enero del
2000;
- El progreso realizado en la preparación
para la próxima Sesión Especial de la Asamblea General sobre Niños,
incluyendo su documento desenlace;
- La emergencia de una asociación más
amplia entre gobiernos nacionales y locales, organizaciones
inter-gubernamentales, no-gubernamentales, regionales/sub-regionales,
e internacionales, comunidades y otros actores importantes. Una
asociación más estrecha entre las Naciones Unidas y otros organismos
de control sobre este problema, especialmente el Comité sobre los
Derechos del Niño y el Reporte Especial sobre la Venta de Niños,
Prostitución Infantil y Pornografía Infantil de la Comisión de los
Derechos Humanos bajo la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones
Unidas;
- Apreciamos y consideramos las consultas
regionales que tuvieron lugar en Bangkok, Tailandia; Rabat, Marruecos;
Dhaka, Bangladesh; Montevideo, Uruguay; Budapest, Hungría y
Filadelfia, Estados Unidos (ver Anexo); también los diversos
seminarios que precedieron el
Congreso de Yokohama y otras actividades relacionadas, incluyendo las
realizadas con la participación de jóvenes, y sus conclusiones y
recomendaciones que enriquecen el contenido de nuestro programa de
acciones a realizar. Recomendamos su efectiva implementación por
parte de los gobiernos que participaron en ellas, en asociación con
todas las partes involucradas, incluyendo organizaciones
no-gubernamentales, inter-gubernamentales y jóvenes.
- Reconocemos que queda mucho por hacer
para dar a los niños una protección global y expresamos nuestra
preocupación por la demora en adoptar las medidas necesarias por
parte de varios países del mundo.
II. Nuestro Compromiso
Global:
- Nos hemos reunido para:
- Reiterar
la importancia y demandar una aplicación más efectiva de la
Convención sobre los Derechos del Niño por parte de los Estados
Miembros y organizaciones relacionadas y subrayar nuestra
convicción de la absoluta necesidad de proteger los derechos del niño
contra la explotación sexual comercial bajo sus formas de prostitución
infantil, pornografía infantil y tráfico de niños por fines sexuales;
la pronta ratificación de los instrumentos internacionales apropiados,
en especial la Convención No 182 de la OIT sobre la Prohibición y
Acción Inmediata para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo
Infantil y el Protocolo Opcional a la Convención sobre los Derechos del
Niño, Venta de Niños, Prostitución Infantil y Pornografía Infantil;
nuestro compromiso de construir una cultura de respeto a cada persona
basada en el principio de no-discriminación y de eliminar la
explotación sexual comercial de niños, especialmente compartiendo
lecciones aprendidas desde el Primer Congreso Mundial y favoreciendo la
cooperación al respecto;
con la Declaración y Plan de Acción del Primer Congreso Mundial de
Estocolmo, desarrollando, en particular, agendas nacionales, estrategias
o planes de acción, puntos de enfoque y recolección de datos
comprehensivos clasificados por género así como implementando medidas
efectivas que incluyan leyes basadas en los derechos del niño y medidas
para aplicarlas;
nuestra lucha contra la explotación sexual comercial de niños,
especialmente atendiendo a las causas que ponen a los niños en
situaciones riesgosas como son la pobreza, desigualdad, discriminación,
persecución, violencia, conflictos armados, HIV/SIDA,
desintegración familiar, la demanda, el crimen y
la violación de los derechos del niño. Nuestra lucha se hará a
través de medidas globales que incluyan mejoras en el acceso a la
educación para los niños, sobre todo las niñas, programas para
eliminar la pobreza, medidas de apoyo social, concientización del
público, atención física y psicológica y reintegración social de
niños víctimas y acciones para criminalizar la explotación sexual
comercial de niños, en todas sus formas y de acuerdo a las normas de
los instrumentos internacionales , evitando siempre criminalizar o
penalizar a las víctimas;
que la única forma de avanzar es promover las redes de comunicación y
cooperación entre los principales actores para combatir la explotación
sexual comercial de niños a todos los niveles (internacional,
inter-regional, regional, sub-regional, bilateral, nacional y local)
sobre todo involucrando a las comunidades y a las autoridades
judiciales, de inmigración y de la policía y usando también
iniciativas que favorezcan la creación de redes de comunicación entre
los mismos jóvenes;
la asignación de recursos adecuados para hacer frente a la explotación
sexual comercial de niños y promover la educación y la información
para proteger a los niños contra la explotación sexual, incluyendo
programas educacionales y de formación sobre los derechos del niño
dirigidos a niños, padres, jueces, policías, proveedores de servicios
y otras personas involucradas;
que una forma muy importante de sostener acciones globales es a través
de agendas regionales, sub-regionales y nacionales y estrategias y
planes de acción que incluyan sistemas de control regionales,
sub-regionales y nacionales así como formas de reforzar y revisar los
mecanismos internacionales existentes con procesos de control para
mejorar su efectividad, implementar sus recomendaciones e identificar
posibles reformas que sean necesarias;
las medidas necesarias para enfrentar aspectos negativos de las nuevas
tecnologías, en particular la pornografía infantil en Internet,
reconociendo al mismo tiempo el potencial que tienen las nuevas
tecnologías como instrumento de protección contra la explotación
sexual comercial de niños debido a su capacidad de difusión, de
intercambio de información y de conexión con otros organismos
interesados;
r
la importancia de la familia y reforzar la protección social de
niños, jóvenes y familias a través de campañas de concientización y
de control por parte de la comunidad de cualquier actividad sospechosa;
- Comprometernos
a promover la cooperación a todos los niveles y a combinar esfuerzos
para eliminar toda forma de explotación y abuso sexual de niños en
todo el mundo;
que la explotación sexual de niños no puede ser tolerada y prometer
poner todos los medios necesarios para erradicarla.

Apéndice: Notas explicatorias
Los siguientes documentos
fueron presentados al Presidente al final del Segundo Congreso Mundial
contra la Explotación Sexual Comercial de Niños.
Anexo
- Compromiso Regional y Plan de Acción
del Asia del Este y la Región del Pacífico contra la Explotación
Sexual Comercial de Niños, adoptado en la Consulta Regional del Asia
del Este y la Región del Pacífico para el Segundo Congreso Mundial
contra la Explotación Sexual Comercial de Niños realizado en Bangkok
del 16 al 18 de Octubre, 2001
- Declaración del Foro Árabe-Africano
contra la Explotación Sexual de Niños, adoptado en el Foro
Árabe-Africano contra la Explotación Sexual de Niños realizado en
Rabat del 24 al 26 de Octubre 2001.
- La Estrategia de Asia del Sur adoptada
en la consulta de Asia del Sur para el Segundo Congreso Mundial contra
la Explotación Sexual Comercial de niños realizada en Dhaka del 4 al
6 de Noviembre 2001
- Compromiso para una Estrategia contra la
Explotación Sexual Comercial y Otras Formas de Violencia Sexual
contra Niños y Adolescentes en la Región de Latinoamérica y el
Caribe adoptado en el Congreso Interamericano contra la Explotación
Sexual de Niños, realizado en Montevideo del 7 al 9 de Noviembre 2001
- Compromiso y Plan de Acción para la
Protección de Niños contra la Explotación Sexual en Europa y Asia
Central adoptado en la Conferencia sobre la Protección de Niños
contra la Explotación Sexual, realizada en Budapest del 20 al 21 de
Noviembre 2001
- Sugerencias de la Consulta Regional de
Norte América sobre la Explotación Sexual Comercial de Niños
realizada en Filadelfia del 2 al 3 de Diciembre 2001. Declaración y
Agenda para la Acción adoptada en el Congreso Mundial contra la
Explotación Sexual Comercial realizado en Estocolmo del 27 al 31 de
Agosto de 1996.
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