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El texto del Compromiso Global de Yokohama 2001 fue negociado entre los gobiernos y adoptado por consenso, aunque varias delegaciones decidieron agregarle Notas Explanatorias. Así lo hicieron la Unión Europea, los Estados Unidos, la India, Irán y el grupo de Estados Árabes y Africanos. Aunque estas adiciones desarrollan ciertos puntos de vista peculiares a países o regiones, todos ellos endorsan el Compromiso de Yokohama. Publicamos aquí el documento así como referencias a documentos anexados provenientes de consultaciones regionales y de la Declaración y Plan de Acción de Estocolmo.

Compromiso Global de Yokohama 2001

I. Nuestro seguimiento:

  1. Nosotros, representantes de gobiernos, de organizaciones inter-gubernamentales y no- gubernamentales, del sector privado y miembros de la sociedad civil de todo el mundo, nos hemos reunido en Yokohama, Japón, para el Segundo Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños (17-20 de Diciembre 2001) ("El Congreso de Yokohama"). A cinco años del Primer Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños que tuvo lugar en Estocolmo, Suecia, en 1996, hemos hecho una revisión de la evolución ocurrida para continuar el proceso de seguimiento y fortalecer nuestra determinación de proteger a los niños de la explotación sexual y del abuso sexual.
  2. Reafirmamos, como nuestra meta más importante, la protección y promoción de los intereses y derechos del niño contra toda forma de explotación sexual y damos la bienvenida a las siguientes iniciativas que están teniendo lugar en varios países a partir del Primer Congreso Mundial:
  • El énfasis dado últimamente a los derechos del niño y la demanda de una implementación más efectiva de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de los Estados Miembros, para crear una sociedad donde los niños puedan gozar de sus derechos;
  • La movilización creciente por parte de gobiernos, autoridades locales, sectores no gubernamentales y aún la comunidad internacional para promover y proteger los derechos del niño y para permitir a los niños y a sus familias controlar y asegurar su futuro;
  • La adopción de medidas multifacéticas e interdisciplinarias que incluyen decisiones, leyes, programas, mecanismos, recursos y promoción de los derechos del niño para asegurarse que los niños puedan crecer en un ambiente de seguridad y de dignidad;
  • Toma de medidas serias contra la prostitución infantil, la pornografía infantil y el tráfico de niños con motivos sexuales. Esto incluye agendas nacionales e internacionales, estrategias o planes de acción para proteger a los niños de la explotación sexual y nuevas leyes que criminalicen este tipo de explotación, incluyendo cláusulas con efecto extra-territorial;
  • La promoción de medidas más eficientes para aplicar y hacer respetar las políticas, leyes y programas sensitivos al género destinados a prevenir y combatir el fenómeno de la explotación sexual de niños, incluyendo campañas de concientización, mejor acceso de los niños al sistema educativo, medidas sociales para ayudar a niños y familias a salir de la pobreza, acciones contra el crimen y contra la demanda de niños para la explotación sexual y juicio a quienes explotan a los niños;
  • La implementación de servicios especiales para niños tales como líneas de ayuda telefónica, refugios y prácticas judiciales y administrativas destinadas a prevenir la violación de los derechos del niño y proveer remedios efectivos;
  • La participación masiva y sistemática del sector privado, como organizaciones de trabajadores y organizaciones patronales, miembros de la industria del turismo y de la comunicación, incluyendo proveedores de servicios de Internet y otras organizaciones, en promover la protección de los niños, incluyendo la adopción e incorporación de políticas corporativas y códigos de conducta para la protección de los niños contra la explotación sexual;
  • La participación mayor de niños y jóvenes en la promoción y protección de sus propios derechos, especialmente a través de redes y foros juveniles y la participación de jóvenes como asesores y consejeros de otros jóvenes;
  • La implementación de medidas internacionales y regionales para proteger a niños contra la explotación sexual a través de instrumentos como el Protocolo para Prevenir, Suprimir y Castigar el Tráfico de Personas, sobre todo Mujeres y Niños, suplemento de la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen Transnacional Organizado (2000) y la Convención sobre Crímenes Cibernéticos (2001). También es de notar las cláusulas pertinentes del Estatuto de Roma de la Corte Criminal Internacional (1998);
  • La aplicación del Convenio No 182 de la Organización Internacional de Trabajadores (OIT) sobre la Prohibición y Acción Inmediata para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil (complementada por la Recomendación No 190 de la OIT) del 19 de Noviembre del 2000, y el Protocolo Opcional a la Convención sobre los Derechos del Niño, la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Pornografía Infantil del 18 de Enero del 2000;
  • El progreso realizado en la preparación para la próxima Sesión Especial de la Asamblea General sobre Niños, incluyendo su documento desenlace;
  • La emergencia de una asociación más amplia entre gobiernos nacionales y locales, organizaciones inter-gubernamentales, no-gubernamentales, regionales/sub-regionales, e internacionales, comunidades y otros actores importantes. Una asociación más estrecha entre las Naciones Unidas y otros organismos de control sobre este problema, especialmente el Comité sobre los Derechos del Niño y el Reporte Especial sobre la Venta de Niños, Prostitución Infantil y Pornografía Infantil de la Comisión de los Derechos Humanos bajo la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas;
  1. Apreciamos y consideramos las consultas regionales que tuvieron lugar en Bangkok, Tailandia; Rabat, Marruecos; Dhaka, Bangladesh; Montevideo, Uruguay; Budapest, Hungría y Filadelfia, Estados Unidos (ver Anexo); también los diversos seminarios que precedieron el Congreso de Yokohama y otras actividades relacionadas, incluyendo las realizadas con la participación de jóvenes, y sus conclusiones y recomendaciones que enriquecen el contenido de nuestro programa de acciones a realizar. Recomendamos su efectiva implementación por parte de los gobiernos que participaron en ellas, en asociación con todas las partes involucradas, incluyendo organizaciones no-gubernamentales, inter-gubernamentales y jóvenes.
  2. Reconocemos que queda mucho por hacer para dar a los niños una protección global y expresamos nuestra preocupación por la demora en adoptar las medidas necesarias por parte de varios países del mundo.
  3. II. Nuestro Compromiso Global:

  4. Nos hemos reunido para:
  • Reiterar la importancia y demandar una aplicación más efectiva de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de los Estados Miembros y organizaciones relacionadas y subrayar nuestra convicción de la absoluta necesidad de proteger los derechos del niño contra la explotación sexual comercial bajo sus formas de prostitución infantil, pornografía infantil y tráfico de niños por fines sexuales;
  • Fomentar la pronta ratificación de los instrumentos internacionales apropiados, en especial la Convención No 182 de la OIT sobre la Prohibición y Acción Inmediata para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil y el Protocolo Opcional a la Convención sobre los Derechos del Niño, Venta de Niños, Prostitución Infantil y Pornografía Infantil;
  • Reafirmar nuestro compromiso de construir una cultura de respeto a cada persona basada en el principio de no-discriminación y de eliminar la explotación sexual comercial de niños, especialmente compartiendo lecciones aprendidas desde el Primer Congreso Mundial y favoreciendo la cooperación al respecto;
  • Re-comprometernos con la Declaración y Plan de Acción del Primer Congreso Mundial de Estocolmo, desarrollando, en particular, agendas nacionales, estrategias o planes de acción, puntos de enfoque y recolección de datos comprehensivos clasificados por género así como implementando medidas efectivas que incluyan leyes basadas en los derechos del niño y medidas para aplicarlas;
  • Reforzar nuestra lucha contra la explotación sexual comercial de niños, especialmente atendiendo a las causas que ponen a los niños en situaciones riesgosas como son la pobreza, desigualdad, discriminación, persecución, violencia, conflictos armados, HIV/SIDA, desintegración familiar, la demanda, el crimen y la violación de los derechos del niño. Nuestra lucha se hará a través de medidas globales que incluyan mejoras en el acceso a la educación para los niños, sobre todo las niñas, programas para eliminar la pobreza, medidas de apoyo social, concientización del público, atención física y psicológica y reintegración social de niños víctimas y acciones para criminalizar la explotación sexual comercial de niños, en todas sus formas y de acuerdo a las normas de los instrumentos internacionales , evitando siempre criminalizar o penalizar a las víctimas;
  • Acentuar que la única forma de avanzar es promover las redes de comunicación y cooperación entre los principales actores para combatir la explotación sexual comercial de niños a todos los niveles (internacional, inter-regional, regional, sub-regional, bilateral, nacional y local) sobre todo involucrando a las comunidades y a las autoridades judiciales, de inmigración y de la policía y usando también iniciativas que favorezcan la creación de redes de comunicación entre los mismos jóvenes;
  • Asegurar la asignación de recursos adecuados para hacer frente a la explotación sexual comercial de niños y promover la educación y la información para proteger a los niños contra la explotación sexual, incluyendo programas educacionales y de formación sobre los derechos del niño dirigidos a niños, padres, jueces, policías, proveedores de servicios y otras personas involucradas;
  • Reiterar que una forma muy importante de sostener acciones globales es a través de agendas regionales, sub-regionales y nacionales y estrategias y planes de acción que incluyan sistemas de control regionales, sub-regionales y nacionales así como formas de reforzar y revisar los mecanismos internacionales existentes con procesos de control para mejorar su efectividad, implementar sus recomendaciones e identificar posibles reformas que sean necesarias;
  • Tomar las medidas necesarias para enfrentar aspectos negativos de las nuevas tecnologías, en particular la pornografía infantil en Internet, reconociendo al mismo tiempo el potencial que tienen las nuevas tecnologías como instrumento de protección contra la explotación sexual comercial de niños debido a su capacidad de difusión, de intercambio de información y de conexión con otros organismos interesados;
  • Reafirmar la importancia de la familia y reforzar la protección social de niños, jóvenes y familias a través de campañas de concientización y de control por parte de la comunidad de cualquier actividad sospechosa;
  • Comprometernos a promover la cooperación a todos los niveles y a combinar esfuerzos para eliminar toda forma de explotación y abuso sexual de niños en todo el mundo;
  • Declarar que la explotación sexual de niños no puede ser tolerada y prometer poner todos los medios necesarios para erradicarla.

 

 

Apéndice: Notas explicatorias

Los siguientes documentos fueron presentados al Presidente al final del Segundo Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de Niños.

Anexo

  • Compromiso Regional y Plan de Acción del Asia del Este y la Región del Pacífico contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, adoptado en la Consulta Regional del Asia del Este y la Región del Pacífico para el Segundo Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de Niños realizado en Bangkok del 16 al 18 de Octubre, 2001
  • Declaración del Foro Árabe-Africano contra la Explotación Sexual de Niños, adoptado en el Foro Árabe-Africano contra la Explotación Sexual de Niños realizado en Rabat del 24 al 26 de Octubre 2001.
  • La Estrategia de Asia del Sur adoptada en la consulta de Asia del Sur para el Segundo Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de niños realizada en Dhaka del 4 al 6 de Noviembre 2001
  • Compromiso para una Estrategia contra la Explotación Sexual Comercial y Otras Formas de Violencia Sexual contra Niños y Adolescentes en la Región de Latinoamérica y el Caribe adoptado en el Congreso Interamericano contra la Explotación Sexual de Niños, realizado en Montevideo del 7 al 9 de Noviembre 2001
  • Compromiso y Plan de Acción para la Protección de Niños contra la Explotación Sexual en Europa y Asia Central adoptado en la Conferencia sobre la Protección de Niños contra la Explotación Sexual, realizada en Budapest del 20 al 21 de Noviembre 2001
  • Sugerencias de la Consulta Regional de Norte América sobre la Explotación Sexual Comercial de Niños realizada en Filadelfia del 2 al 3 de Diciembre 2001. Declaración y Agenda para la Acción adoptada en el Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial realizado en Estocolmo del 27 al 31 de Agosto de 1996.