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AG/RES.
2193 (XXXVI-O/06)
(Aprobada en la cuarta
sesión plenaria, celebrada el 6 de junio de 2006) |
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LA ASAMBLEA GENERAL, CONSIDERANDO: Que la Organización de los Estados Americanos (OEA) tiene un compromiso decidido por la promoción y protección de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes de la región; Que el Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (IIN) es el organismo especializado de la Organización de los Estados Americanos (OEA), encargado de promover el estudio de los temas relativos a la niñez, adolescencia y familia en las Américas, y de generar instrumentos técnicos que ayuden a solucionar los problemas que los afectan; Que la finalidad primordial del Instituto es cooperar con los gobiernos de los Estados Miembros, sus instituciones y sus responsables en materia de infancia, así como con los demás organismos del sistema interamericano, otras instituciones internacionales y organizaciones de la sociedad civil que trabajan en beneficio de la niñez y de la adolescencia en la región para el desarrollo de actividades e instrumentos técnicos que contribuyan a la protección integral del niño, la niña y adolescentes y a la creación de una conciencia alerta sobre todos los problemas que afectan al niño, la niña y adolescentes, la familia y su comunidad, así como de un sentimiento de responsabilidad social frente a tales problemas asesorando en la búsqueda de soluciones; Que mediante la resolución AG/RES.1951 (XXXIII-O/03) “Promoción y Protección de los Derechos Humanos de la Niñez en las Américas”, la Asamblea General refirmó su adhesión a la creación de un mundo apropiado para los niños en el que el desarrollo humano sostenible, teniendo en cuenta el interés superior del niño, se funde en los principios de la democracia, la igualdad, la no discriminación, la paz y la justicia social; La importante labor que el IIN está llamado a desempeñar, principalmente en el marco de promoción y protección del bienestar de los niños, niñas y adolescentes y que, como organismo especializado, el IIN busca encauzar la labor de la OEA en los distintos países de la región a través del desarrollo de herramientas técnicas, capacitaciones, implementación de políticas públicas focalizadas, optimización de los marcos normativos, sistemas de información y promoción de derechos humanos, implementación de buenas prácticas, entre las labores más importantes; TENIENDO EN CUENTA: Las resoluciones AG/RES. 1951 (XXXIII-O/03) “Promoción y protección de los derechos humanos de la niñez en las Américas”, AG/RES. 1961 (XXXIII-O/03), AG/RES. 2031 (XXXIV-O/04) y AG/RES. 2101 (XXXV-O/05) “XIX Congreso Panamericano del Niño”; Que el Decimonoveno Congreso Panamericano del Niño aprobó, durante la reunión celebrada del 27 al 29 de octubre de 2004 en la ciudad de México, la resolución IIN/RES, 7 (XIX-04) “Financiamiento de las resoluciones emanadas del Congreso”, la cual en su párrafo resolutivo 1 establece “solicitar a la Dirección General del IIN la gestión ante la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos de una cuenta específica de fondos para financiar la elaboración y presentación de un Proyecto Interamericano de Fortalecimiento de la Familia y demás resoluciones del Congreso”; Que el informe anual del Instituto (CP/doc.4084/06) señala que las nuevas autoridades del IIN enfrentan un verdadero desafío en la elaboración de diversas estrategias para revertir la escasez de recursos humanos y materiales dentro del Instituto; Que el IIN requiere de recursos adicionales a los que se le asignan en el Fondo Regular del programa-presupuesto de la OEA para la financiación y ejecución de las actividades que le han sido encomendadas por sus órganos y los órganos de la OEA y poder así implementar efectivamente en el período 2006-2009 el Plan Estratégico 2005-2008, aprobado por su Consejo Directivo, mediante la resolución CD/RES. 01 (E/05), en agosto de 2005 en la ciudad de México; y Que dicho Plan Estratégico constituye una valiosa herramienta para la gestión institucional del Instituto y que se considera que está en plena sintonía con los nuevos procesos emprendidos en la OEA para la planeación, programación presupuestaria, seguimiento, evaluación y movilización de recursos, RESUELVE: 1. Solicitar al Secretario General que establezca un fondo específico de contribuciones voluntarias que se denominará “Fondo Especifico para la Niñez y Adolescencia de las Américas" (FENAA) en consonancia con la propuesta del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (IIN), de conformidad con el mandato emanado del XIX Congreso Panamericano del Niño. 2. Determinar que el FENAA tiene por objetivo específico fomentar la solidaridad y crear un fondo de desarrollo para el financiamiento de proyectos, programas y actividades relacionados con la promoción y protección de los derechos humanos de los niños, las niñas y adolescentes de las Américas, la lucha contra toda forma de violación de sus derechos humanos y para contribuir al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas en lo que respecta a la niñez y la adolescencia. 3. Invitar a los Estados Miembros, Observadores Permanentes, organismos financieros internacionales, organizaciones regionales y organizaciones de la sociedad civil a que contribuyan a este Fondo, posibilitando así que el IIN cumpla efectivamente con los mandatos recibidos de sus órganos constitutivos, los órganos de la Organización de los Estados Americanos y las Cumbres de las Américas. 4. Solicitar al IIN que, como parte de su informe anual a la Asamblea General, incluya información sobre las contribuciones recibidas, los objetivos alcanzados y las actividades financiadas con cargo al FENAA. 5. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General en su trigésimo séptimo período ordinario de sesiones sobre el cumplimiento de la presente resolución. |